Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Septiembre de 2018, expediente CCC 012455/2018/TO01

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12455/2018/TO1 Reg. int. n° 5681 Buenos Aires, 20 de septiembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 3 de Capital Federal, D.. G.P.V., como presidente, M.Á.C. y G.J.R., como vocales, juntamente con el Secretario Dr.

Alejandro Almeida Leighton, para redactar los fundamentos del fallo dictado el 13 de septiembre pasado en esta causa n°

12.455/18 (registro interno n° 5.681) que, por el delito de robo, agravado por su comisión con armas, se sigue a C.D.S., nacido el 4 de junio de 1988 en esta ciudad, soltero, titular del Documento Nacional de Identidad n°

33.718.301, hijo de R.H.S. y de A.B., identificado en la P.F.A. con legajo serie R.H. n° 279.952 y en el Registro Nacional de Reincidencia con prontuario n° 3.017.009, y con domicilio en la calle S. 357 de esta ciudad.

Intervienen en el proceso el fiscal general Dr. A.M. y asistiendo al imputado la defensora pública coadyuvante Dra. A.A..

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que por requerimiento de elevación de la causa a juicio obrante a fs. 100/102vta. se atribuyó a C.D.S. el hecho delictivo que el F. de Instrucción calificó

    de autoría de robo agravado por haber sido cometido mediante el Fecha de firma: 20/09/2018 Alta en sistema: 21/09/2018 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31628494#216965733#20180921105457484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12455/2018/TO1 Reg. int. n° 5681 uso de un arma (arts. 45 y 166, inc. 2°, primer párrafo del Código Penal) y describió en los siguientes términos:

    Imputo a C.D.S. haber sustraído mediante la utilización de un cuchillo, una billetera de color negro la cual contenía un DNI nro. 40.572.068 y una tarjeta SUBE, propiedad de J.A.D..

    Dicho suceso tuvo lugar aproximadamente a las 11.00 horas del día 1 de marzo de 2018, en la intersección de las avenidas I. y A.A. de esta ciudad.

    En esa ocasión, el damnificado estaba efectuando tareas de limpieza sobre la primera de las arterias mencionadas -es empleado de la empresa ‘CLIBA’-, cuando fue interceptado por S. quien de un rápido movimiento le sustrajo del bolsillo delantero derecho el bien ya detallado. Seguidamente el imputado le exhibió a la víctima un cuchillo -el cual tenía guardado en una mochila azul que traía consigo- y le refirió la frase “vos reclamas esto y yo te puedo llegar a matar”, siendo que luego se fugó del lugar.

    A pocos metros del sitio en cuestión el damnificado vio una garita de Prefectura Naval Argentina, por lo que se acercó

    y puso en conocimiento de lo acaecido al preventor -M.E.R., Marinero de la fuerza policial mencionada-. Es así

    que R. salió a recorrer la zona y encontró al acusado en el cruce de las arterias ya aludidas por lo que efectuó su detención, logrando incautar en su poder un cuchillo de mango blanco y la billetera con el DNI ya especificados

    .

    Fecha de firma: 20/09/2018 Alta en sistema: 21/09/2018 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31628494#216965733#20180921105457484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12455/2018/TO1 Reg. int. n° 5681 2°) Que, invitado a formular descargo o aclaración acerca de la acusación, C.D.S. declaró que el día anterior al de la detención, efectuada el 1° de marzo pasado, una chica de nombre C. le contó que este muchacho, que se llama J., le había ofrecido treinta pesos y dos remeras.

    Informado que el damnificado no se llamaba J. sino J., el imputado dijo que así era, que era J..

    Retomando el relato dijo que, al enterarse del ofrecimiento, decidieron ir a verlo para “prepotearlo”. Fue así que, luego de preguntarle el motivo por el que le había hecho esa propuesta a la chica, se retiraron del lugar y todo quedó en la nada.

    Señaló que, al día siguiente, se encontró nuevamente con el muchacho, que iba vestido con ropa de CLIBA pero no estaba trabajando, que había ido a comprar droga. Por eso se le acercó y le pidió que le prestara unos lentes que tenía, que se oscurecían con el sol.

    Luego de recibirlos le dijo que ahora eran suyos y se metió en la villa Z. para vendérselos a un muchacho que no los quiso porque tenían aumento. Al salir de la villa, se la acercó el muchacho con un prefecto y por eso le tiró los lentes y se los devolvió. Sin embargo, otro prefecto lo esposó y lo llevó a una garita donde le pegaron casi hasta matarlo.

    Dijo que uno de los prefectos le decía que, con un cuchillo, él había robado una billetera vacía y una tarjeta SUBE, pero ello no era cierto. Luego lo sacaron de la garita y lo subieron a un móvil, sin llamar a testigos. Dijo que esos mismos prefectos lo Fecha de firma: 20/09/2018 Alta en sistema: 21/09/2018 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31628494#216965733#20180921105457484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12455/2018/TO1 Reg. int. n° 5681 habían detenido dos veces con anterioridad, una vez por drogas y otra vez por una captura, y en esta ocasión le dijeron que ahora iba a aprender y le armaron esta causa.

    Dijo que nunca usó un cuchillo para robar, si bien reconocía que había robado o “mangueado”, que eso fue lo que pasó, reiterando que hizo lo que dijo, pero sin cuchillo.

    Refirió que todo esto pasó porque no les hizo caso y no se fue con su familia, y pidió las dos cámaras que había en el lugar para que se supiera la verdad.

    Preguntado por la Auxiliar Fiscal, aclaró que estaban en Iriarte y A., en la villa Z., que le sacó los lentes al muchacho e intentó venderlos, pero no pudo porque tenían aumento.

    Recordó que el muchacho estaba sentado al lado de un portón grande, que se acercó y le pidió prestados los lentes. Que luego le dijo “ahora no te los devuelvo; quedáte ahí; ahora son míos”. Que el muchacho se los pidió y le dijo “ahora son míos” y se fue por A. y se metió en el asentamiento para venderlos.

    Que salió de la villa y el muchacho lo vio, sentado, de la mano de enfrente. Que, tras verlo, el muchacho se fue a la garita de la Prefectura, distante unos 20 metros. Ahí lo perdió de vista. Que el muchacho se vino con un prefecto y le pidió los lentes. Se los tiró

    para devolvérselos. Que se quedó en el lugar y al minuto vino el otro prefecto que lo esposó. Este fue el que dijo que tenía que aprender. Que mientras esto pasaba, el muchacho seguía en el Fecha de firma: 20/09/2018 Alta en sistema: 21/09/2018 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31628494#216965733#20180921105457484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12455/2018/TO1 Reg. int. n° 5681 lugar. Que le dijo “ya tenés los lentes, no me hagas esto, me arruinás”.

    En oportunidad de las palabras finales dijo que no era un delincuente, que no fue a cagarle la vida a nadie, que nadie le daba derecho a hacer lo que hizo y que necesitaba ayuda.

  2. ) Que durante el desarrollo de la audiencia de debate comparecieron a testificar:

    1. J.A.D. contó que para marzo trabajaba de barrendero en la empresa Cliba y que ese día estaba barriendo una esquina cuando, al parar para descansar, se le acercó un muchacho y lo saludó.

      Dijo que lo miró, porque nunca habían hablado, si bien lo había visto por la zona. Luego le pidió sus anteojos y él se los prestó, después de lo cual le sacó la billetera. Explicó que primero le dijo “préstame las lentes” y luego de que se los diera lo amenazó, haciendo un ademán con la mochila que llevaba, cómo que tenía algo, y le dijo “que vas a hacer por tus anteojos”.

      Contó que hizo gestos como si tuviera un arma blanca, aclarando que él nunca vio si tenía algo. Señaló que él estaba sentando y el...

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