Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Septiembre de 2018, expediente CCC 021729/2016/TO01

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21729/2016/TO1 Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018 Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n° 21729/16 que se le sigue por el delito de lesiones culposas de carácter grave a V.W.R.L., peruano, nacido el 10/7/1974 en la República de Perú, hijo de V.R.Q. y de N.L.S., identificado con DNI 93.712.645, prontuario policial DE 282.555, prontuario reincidencia 03554627, con domicilio real constituido en Artigas 1611, planta baja de esta ciudad y constituido en Guatemala 4242, piso 1°”C”, junto con el defensor particular Dr. J.C.A.C., quien interviene en el proceso junto con el Sr. Fiscal General, D.A.G. de la Fuente.

Y CONSIDERANDO:

Primero
Hecho

En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 131/133 se le imputa a V.W.R.L. el siguiente hecho:

Haber ocasionado -como consecuencia de una violación a sus deberes de cuidado en el manejo de un vehículo- lesiones culposas de importancia grave, a la damnificada L.C.R., el día 15 de febrero de 2016, alrededor de las 13:00 hs., en la intersección de la Avda. J.B.J. (dirección este-oeste)

con la calle G., de esta ciudad.

Que en ese momento la damnificada se encontraba al mando de su motocicleta -marca Suzuki, modelo GN 125, dominio colocado 670 JKM- por la Avda. J.B. Justo (sentido este-oeste) y al momento de iniciar el cruce con la calle G., un vehículo marca Renault, modelo L., con dominio colocado HWS-335, que era comandado por el imputado y que venía circulando por la calle G. (sentido norte-sur), cruzó con semáforo en rojo para Fecha de firma: 12/09/2018 Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #29442251#215571056#20180907160729856 él, ocasión en que se habría interpuesto en el recorrido de la damnificada, quien por ello no logró frenar a tiempo e impactó

con la parte delantera de su moto en la parte trasera izquierda del rodado.

En efecto, la infracción al deber de cuidado en la conducción de un rodado habría consistido en que el imputado habría emprendido el cruce de dicha intersección con semáforo en rojo para él (art. 44, a), punto 2) de la Ley Nacional de Tránsito 24.449).

Segundo

Prueba:

  1. La declaración del A.Á.L.C. de fs.1/2, oportunidad en la que refirió que fue desplazado a constituirse en Avda. J.B.J. y su intersección con la calle G. de esta ciudad por persona atropellada. Arribado al lugar observó que ya se encontraba la ambulancia de SAME asistiendo a un femenino.

    Por dichos de transeúntes conducía un motovehículo S., modelo 150, dominio colocado 670-JKM. La mujer fue trasladada con diagnóstico de politraumatismo. Observó que el vehículo involucrado era un Renault, modelo L., dominio colocado HWS-335, identificó a su conductor como V.R.L.D. 93.712.645. En presencia de testigos procedió a la detención y al secuestro de los vehículos involucrados. Concurrió al Hospital de A.T.A. y en la guardia recabó los datos de la conductora de la moto, L.C.R.D. 27.768.254 a quien se la dejó invitada a que se presente en la dependencia a prestar declaración. Respecto al lugar del hecho la Avda. J.B.J. cuenta con seis carriles, dos de ellos con sentido este-oeste, dos viceversa, contando con dos carriles exclusivos metro bus, uno con sentido este-oeste y viceversa. Respecto de la calle G. posee un único sentido de circulación norte-sur y dos carriles de circulación. Al momento del hecho la luz era natural y Fecha de firma: 12/09/2018 Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #29442251#215571056#20180907160729856 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21729/2016/TO1 buena, la vegetación es escasa, la cinta asfáltica se encuentra en buen estado de uso y conservación. En la intersección se encuentran emplazados semáforos. El conductor del vehículo se encontraba en aparente estado normal respecto de la ebriedad y otras intoxicaciones.

  2. Acta de detención y notificación de derechos de fs. 3 c) Acta de secuestro de fs. 4 respecto de un motovehículo Suzuki, modelo 150, dominio colocado 670-JKM y un Renault, modelo L., dominio colocado HWS-335.

  3. La declaración de los testigos de actuación M.A.A. y J.S. obrantes a fs. 5 y 6 respectivamente.

  4. Croquis de fs. 7 que indica el lugar del hecho y de los vehículos.

  5. Fotografías del vehículo Renault de fs. 28 y de la motocicleta de fs. 30.

  6. El testimonio de L.C.R. de fs. 40/41, oportunidad en la que refirió que aquél día, circulaba por el carril izquierdo de J.B.J. y al llegar a la calle G., un auto que venía por esta última arteria, cruzó con el semáforo en rojo y se detuvo en el lugar. Ante ello, comenzó a tocarle bocina junto con los otros motociclistas que circulaban por J.B.J., logró

    maniobrar levemente hacia su izquierda, pero no pudo esquivar en su totalidad al auto y lo impactó en su parte trasera. A raíz de ello, se cayó de costado sobre el asfalto, y tuvo una fractura de pelvis.

  7. La declaración de F.G.A. de fs. 54/55, ocasión en la que manifestó que se encontraba trabajando como motoquero y circulaba por la Avda. J.B.J. y antes de llegar a una intersección de la cual no recuerda datos, observó que una chica que circulaba en una motocicleta delante de él, comenzó el cruce de dicha intersección con semáforo en verde y fue allí que Fecha de firma...

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