Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Septiembre de 2018, expediente CCC 062283/2017/TO01

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62283/2017/TO1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA DICTADA EL 29 DE AGOSTO DEL 2018 EN LA CAUSA N° 62283/2017 (INTERNO 5374) SEGUIDA CONTRA O.E.S. POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMAS.

RESULTANDO:

I) D. requerimiento de elevación a juicio.

Que, a tenor del requerimiento de elevación a juicio de fs. 130/33, el Sr. Fiscal de Instrucción, Dr. Marcelo E.

Munilla Lacasa, delimitó la plataforma fáctica de la siguiente forma:

Se imputa a O.E.S., haberse apoderado ilegítimamente mediante la utilización de un cuchillo la suma aproximada de cuatrocientos pesos en efectivo ($400,00) y un teléfono celular marca Samsung, modelo J2, de color negro, número de abonado 15-2859-

9338, de la empresa Movistar, propiedad de G.A.G.. Dicho episodio tuvo lugar el día 17 de octubre de 2017, siendo alrededor de las 21:30 horas, en el interior del parador denominado “M.”, sito en la calle M. 435 de esta ciudad. Cabe destacar que dicho parador aloja varones adultos en situación de calle y muchos otros que circulan cotidianamente para bañarse y/o comer. En aquella oportunidad, G. se hallaba recostado sobre su cama manipulando su teléfono celular, cuando imprevistamente se le acercó el imputado, quien extrajo de entre sus ropas un cuchillo tipo Tramontina y se lo colocó en su cuello exigiéndole que le haga entrega de la suma de veinte pesos ($20,00).

Ante su negativa, S. le introdujo la mano en el bolsillo del pantalón y tomó el dinero que éste llevaba consigo y también pretendió arrebatarle el teléfono celular momento que se inició un forcejeo entre ambos. Como consecuencia de ello, el aparato móvil cayó al suelo, oportunidad que aprovecho el agresor para tomarlo y darse rápidamente a la fuga en dirección a la salida. Habiendo transcurrido casi 10 minutos de dicha escena, el damnificado se volvió a encontrar con S., esta vez en el interior de la cocina del parador, donde se reanudó la contienda entre los nombrados, donde Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA 1 #30999339#215173122#20180906150055629 el primero tomó un palo de madera y le propinó un golpe al acusado en su rostro, mientras que el segundo repelió la agresión con una puñalada en su brazo izquierdo con el cuchillo que portaba, ocasionándole dolencias de importancia leve. Seguidamente se hizo presente en el parador personal de la Comisaría Comuna 4 de la Policía de la Ciudad, los que fueron desplazados a constituirse en el lugar como consecuencia de un conflicto entre huéspedes.

Anoticiados de lo sucedido, procedieron a la formal detención de S., al secuestro del arma cortante que tenía en su poder al momento del procedimiento (no hallando en su poder dinero en efectivo como tampoco el teléfono descripto) y arbitraron el posterior traslado de los lesionados al Hospital Penna

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II) Del debate

  1. La indagatoria.

    Impuesto en la audiencia de los derechos que le confiere la ley, se remitió a su declaración de fs. 58/9, prestada en la etapa instructora, donde negó su participación en los hechos y mencionó en forma exclusiva lo ocurrido en la segunda secuencia, es decir, la pelea con el cuchillo en la cocina, donde agregó que fue golpeado por varias personas y estaba acompañado por una mujer de nombre E.. Asimismo, negó haber lastimado a G. con el cuchillo.

  2. Los alegatos.

    b1) La Fiscalía.

    En la oportunidad prevista por el art. 393 del ordenamiento adjetivo, el Sr. Fiscal General, Dr. E.C.M. dijo: “Voy a sostener que el día 17 de octubre del 2017, alrededor de las 21:30 hs., O.E.S. mediante la intimidación y exhibición con un cuchillo que puso en la garganta, le sustrajo a G.G. un celular J2, Samsung n° 152859-9338 y una suma de dinero. Ello ocurrió en el albergue M. sito en la calle M. 435, de esta ciudad. Debo destacar como un elemento de prueba muy importante que el Tribunal haya podido traer Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #30999339#215173122#20180906150055629 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62283/2017/TO1 al Sr. G.A.G. quien aparece como victima. No solamente se ha respetado el derecho de la Defensa a interrogar sino también del Ministerio Público Fiscal de presentar a una persona cuyo testimonio fue terminante, fue claro, manifestado sin ningún tipo de animosidad hacia Silva. Justamente el señor G. vino a relatar lo que le había sucedido en ese parador. En primer lugar G. nos dijo que no tenía ningún antecedente de enemistad con el Sr. S.. Que simplemente lo conocía del lugar. No se puede decir que G. haya tratado de perjudicar a S. con esta denuncia. Soy enfático sobre esta declaración porque observo que dijo todo aquello que relato desde el inicio cuando se lo comenta al funcionario policial que interviene y además lo saben sus acompañantes del lugar. Nos dijo que estaba en la cama, se le aproximó el imputado, le puso el cuchillo en la garganta y nos explicó como era el tamaño del cuchillo -está en la grabación- y que le pidió -bajo esa amenaza- que le diera el teléfono y una suma de dinero y dijo “era una suma de dinero que en este momento no recuerdo”. Fue veraz en este punto, no quería agregar, ni poner nada más de lo que había pasado. Hay un corte en el hecho, el imputado una vez obtenido estos elementos con aquél cuchillo se aleja y sale del parador y después vuelve. Ahí se produce lo que yo diría, la segunda parte de este hecho, y que ha quedado esclarecido, porque ahí es cuando G. trata de recuperar, él dice si reconozco, y esos datos son los que yo evalúo para decir que evidentemente el robo ocurrió, por eso dice “yo quería recuperar el teléfono, agarró un elemento contundente”, y ahí S. toma un cuchillo tramontina y se lo clava a G. en el brazo, con las marcas que le quedaron. Esto clarifica todo el panorama, él no pudo recuperar sus efectos y ahí es cuando inclusive el señor S. sale, se va a la calle y fue detenido posteriormente, en aquella ocasión. Se le exhibió

    el cuchillo y él dijo este es el tramontina, no es el que se uso en el primer momento. Nos aclara el tema, dice éste es el que utiliza S. en la cocina, cuando me lastima y yo trato de recuperar los efectos, y admitió directamente el golpe. Yo diría que es una declaración Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA 3 #30999339#215173122#20180906150055629 sustentable, que podemos decir que el hecho sucedió y demás. Pero también quiero reafirmarla con las menciones de otras personas que estaban en el parador, J.M.Z. y Santa Cruz. No voy a hablar acá de posicionamientos de amistad o enemistad. Lo que a mí

    me interesa en ese punto es que ellos oyeron el reclamo del señor G., si bien no lo vieron, ambos se enteraron, pero eso es lo importante. También son testigos del segundo momento en la cocina, cuando se pelean y cuando la victima quiso recuperar las cosas. El robo estuvo en el primer momento. En el parador, recordemos que cuando hay un conflicto una de las alternativas que tenían era llamar a emergencias al n° 911. Esto lo combino con el testimonio del oficial P. cuando dice que lo vio a S. en la calle, lo detiene, tenia el cuchillo “tramontina”, el que se había utilizado para herir momentos antes a la víctima y en esa contemporaneidad hablo con G., y le dijo lo que había pasado, dijo me sustrajo el teléfono con un cuchillo y la suma de dinero. Esto nos esta diciendo que no hay una confabulación para sacar del lugar al aquí imputado como se dijo en su momento. También se recibió declaración a J.J.L. y L.O., ellos hablaron del conocimiento que tenían de las personas y también quiero hacer referencia al coordinador del parador, nos dijo como se solucionaban los conflictos, que no había ninguna idea, que no surgió ni hubo ninguna idea que esto haya sido para alejar al aquí

    imputado. Digo esto porque se introdujo en su momento la declaración indagatoria del imputado y él habla solamente de la segunda etapa, fui agredido en la cocina, fui golpeado. No dice del cuchillo, de que él hirió y demás. Lo ha mencionado para dar una explicación nada más. No hay ningún dato, no hay ningún sustento valedero, que esto se haya armado, que llamen a la policía, etc. Hay dos personas que dijeron no lo vi, pero oí que le sacaron el teléfono.

    Rechazo esta defensa material. Sobre la responsabilidad del señor S. no se me escapa que pudo haber estado con una ingesta de algún toxico, él dijo que era adicto desde temprana edad. Podría ser, pero no esta debidamente comprobado, pero yo tengo datos ciertos y Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #30999339#215173122#20180906150055629 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62283/2017/TO1 concretos que el nombrado exhibiendo el cuchillo y los efectos. No me cabe ninguna duda que cuando se fue del parador pudo disponer de los efectos y luego cuando ingresó tuvo el altercado. O. que cuando estuvo detenido dio todos los datos correspondientes a su personalidad en el acta de fs. 14: nombre, apellido, edad, fecha de nacimiento, donde nació, donde estaba alojado, hijo de quien y demás.

    Este dato es de gran importancia porque nos demuestra que podía comprender lo que había realizado. También hay otro punto que quiero señalar...

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