Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 25 de Junio de 2018, expediente CCC 049161/2017/TO01

Fecha de Resolución25 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49161/2017/TO1 Buenos Aires, 25 de junio de 2018.-

Y VISTOS:

Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 27 en forma unipersonal con el doctor J.H.R., asistido por la señora S.I.M.B., para dictar sentencia en la causa Nº 5434 seguida a J.E.B. (titular del DNI N° 36.598.343, nacido el 16 de diciembre de 1991, hijo de S.B. y G.R.S., domiciliado en la calle Amuncen n°

6628, M., Barrio Lomas de Mariló, provincia de Buenos Aires, P.. Policial RH 284.181 y Expte. De Reincidencia 3310311, detenido en el CPF CABA) en orden al delito de robo agravado por haber sido cometido con un arma de utilería consumado en calidad de autor (arts. 45 y 166 inc. 2 último párrafo del C.P.).

RESULTA:

  1. El Sr. Fiscal de Juicio presentó el acuerdo de juicio abreviado obrante a fs. 176, en el que tanto el encausado como su defensa, prestaron conformidad para imprimir al presente expediente el trámite previsto por el artículo 431 bis del C.P.P.N.

  2. En virtud de ello, B. admitió la existencia de hecho que fuera materia de acusación en el requerimiento de elevación a juicio, esto es robo agravado por haber sido cometido con un arma de Fecha de firma: 25/06/2018 Alta en sistema: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30575196#209831210#20180627085558298 utilería consumado en calidad de autor (arts. 45 y 166 inc. 2° último párrafo del C.P.).

  3. Posteriormente, se llevó a cabo la audiencia de visu, oportunidad en la cual el imputado ratificó el acuerdo presentado por el señor A.F. (fs. 177 vta.), y se llamó autos para dictar sentencia (inc. 3º del artículo de mención), por lo que la presente causa se encuentra en condiciones de ser resuelta con las pruebas incorporadas durante la instrucción.

  4. En el requerimiento de elevación a juicio la señora Auxiliar de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional n° 43, Dra.

    M.L.R., al momento de describir los hechos expresó que se le imputa a B. “…el haberse apoderado ilegítimamente y mediante el uso de violencia en las personas, junto con otro hombre aún no identificado, de un teléfono celular marca “Samsung” modelo “Galaxy S7 Edge” con número de abonado 15-6898-7044 titularidad de M.E.B. (hermano de la víctima), un manojo con cuatro llaves y una mochila de color negro y gris con inscripción “Targus” que contenía en su interior: un cargador portátil color rosa con su correspondiente cable, una computadora tipo notebook de color plateado con inscripción “HP” en la tapa, con receptor de mouse y un mouse inalámbrico marca “Logitec”, un estuche con un par de anteojos rojos, cable de carga de la computadora, una caja con inscripción “MXR” con un procesador en su interior marca “H.”, una billetera negra “Billabong” con un billete de 2 reales, 2 billetes de 100 pesos y 4 Fecha de firma: 25/06/2018 Alta en sistema: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30575196#209831210#20180627085558298 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49161/2017/TO1 billetes de 5 pesos; 4 tarjetas del BBVA Francés, una SUBE, cédula y dos DNI a nombre de D.B., todo ello de propiedad de éste último. Ello sucedió el día 21 de agosto de 2017, siendo las 11.30 horas aproximadamente, en la calle E.P., a metros de su intersección con la calle P. de esta ciudad, utilizando un arma de plástico negro y amarillo, que luego resultó ser un juguete.

    En esas circunstancias, D.B. caminaba por la calle E.P., y cuando se disponía a ingresar al interior de la estación de Subte de la línea “E”, fue sorprendido por el aquí imputado (quien vestía una campera negra con vivos blancos y pantalón negro), junto a otro sujeto aún no identificado, amedrentándolo el incuso con un arma de fuego (que resultó ser de juguete), motivo por el cual B., temiendo por su integridad física, le hizo entrega de la mochila con sus pertenencias en su interior.

    Luego de ello, el sujeto aún no identificado, de tez morena y vestido con pantalón y campera negra, sustrajo del bolsillo de B. el teléfono celular antes descripto, para luego darse ambos agresores a la fuga por la calle P. en dirección a Zuviría, siendo perdidos de vista por el damnificado.

    En su fuga, mientras el incuso era perseguido por el O.G., arrojó la campera negra que vestía y el...

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