Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Junio de 2018, expediente CCC 019267/2018/TO01

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 19267/2018/TO1 Buenos Aires, 4 de junio de 2018.

Y VISTOS:

Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 27 de la Capital Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, en forma unipersonal con el señor Juez de Cámara, doctor J.H.R., asistido en el proceso por el señor S.M.C.C., para dictar sentencia en la presente causa nº 5631 seguida a ECHENIQUE, N.E. (argentino, DNI N° 38.324.410, nacido el 22/4/1994, domiciliado en la calle República Bolivariana de Venezuela n° 3029, Balvanera, Buenos Aires) y a ECHENIQUE, S.F. (argentino, DNI N° 37.342.100, nacido el 5/5/1993, domiciliado en la calle República Bolivariana de Venezuela n° 3029, Balvanera, Provincia de Buenos Aires, detenido desde el 2/4/2018 en CPF CABA) en orden al delito de robo simple en grado de tentativa.

Actuaron como partes, por el Ministerio Público Fiscal, el Dr. D.R.M. y la señora Defensora Pública, Dra. L.A., de cuyas constancias, RESULTA:

a) En el requerimiento de elevación a juicio, la señora F. de Instrucción en lo Criminal y Correccional, Dra. M.S., titular de la Fiscalía Criminal y Correccional n° 30, al momento de describir los hechos expresó que se le imputa a S.F. y a N.E.E.“…el hecho ocurrido el 02/04/2018 a las 15.45 hs.

Fecha de firma: 04/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31678340#207934353#20180604105621482 aproximadamente, en el supermercado Día sito en Av. Jujuy 346 de esta ciudad, ocasión en que uno de los imputados (vestido con remera gris a rayas) llevando un carrito de bebé, guardaba mercadería en el bolso inferior del mismo; en tanto que el otro imputado (quien vestía remera color roja y gorra color oscura) en el sector limpieza, guardaba entre su ropa un desodorante; siendo observados por las cámaras del negocio por el encargado W.J.M..

A su vez, al pasar por una de las heladeras del negocio, tomaron dos colitas de cuadril envasadas al vacío, y cada uno de ellos escondió una de ellas entre sus ropas; luego de lo cual accedieron a la línea de cajas; donde fueron abordados por el encargado y ante el reclamo de éste, extrajeron los elementos escondidos, siendo que habían ocultado en el cochecito, debajo del menor que transportaba, dos botellas de vino, a la vez que también extrajeron de entre sus ropas la carne al vacío que cada uno había escondido, en tanto que el de remera roja extrajo los desodorantes que tenía entre sus ropas.

A partir de ese momento, el encargado intentó evitar que se dieran a la fuga, cerrando la puerta del local, comenzando un forcejeo entre los tres; al principio del cual, aquel con remera gris le propina un golpe de puño en la cara (lo que provoca sangrado aparentemente de la nariz); interviniendo también la empleada M.Q., en ayuda del encargado, trabando la puerta. Esto se extendió a lo largo de unos minutos, durante los cuales ésta última intentó dar aviso a la policía llamando al 911, acudiendo un cliente en auxilio de los Fecha de firma: 04/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31678340#207934353#20180604105621482 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 19267/2018/TO1 empleados (también intentando evitar que fuguen los imputados); no obstante lo cual, en un momento, aquel de remera roja logra salir del negocio, pero queda en el exterior y desde allí se divisa que grita al interior (evidentemente para que pueda salir su coimputado); hasta que finalmente aproximadamente a las 15.50 hs. arriba personal policial, que procedió a la detención de N.E. y S.F.E. y al secuestro de dos vinos tintos D.D., cuatro desodorantes Rexona, una pasta dental Colgate, una salsa de tomate K., un pan para hamburguesa B., un paquete de pañales P. por 18 unidades, y dos colitas de cuadril envasadas al vacío…”.

b) El señor F. calificó la conducta de los hermanos E. como configurativa del delito de robo en grado de tentativa, en calidad de coautores (arts. 42, 45 y 164 del C.P.).

Y CONSIDERANDO:

Primero
  1. De la Indagatoria:

    Ambos imputados se negaron a declarar en los primeros momentos del juicio. En las postrimerías del mismo, poco antes de la incorporación de la prueba y de los alegatos, N.E.E. expresó que tenía la intención de pagar los elementos que habían tomado de las góndolas, pero que el empleado del supermercado los trató muy mal y como estaban con el menor de edad se puso nervioso. Preguntado Fecha de firma: 04/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31678340#207934353#20180604105621482 por el Auxiliar Fiscal cuánto dinero tenían para abonar, respondió que tenían quinientos pesos.

  2. Sobre las declaraciones testificales:

    Prestó declaración testimonial W.J.M., empleado del supermercado, quién explicó que el día del hecho estaba realizando tareas administrativas en el Supermercado Día en el que se desempeña, cuando vio por la cámara de seguridad que ingresaban dos personas con un carrito de bebé. Advirtió que uno de ellos se detuvo observando la parte de vinos, y el otro a la parte de desodorantes y cremas de enjuagues.

    Éste último individuo fue a la parte posterior y observó

    los pasillos para ver si alguien lo veía. La persona que estaba en la parte de vinos sacó dos vinos y los puso por debajo del carrito de bebé. La otra persona volvió a ir a la parte donde estaban los desodorantes y comenzó a guardarlos en sus bolsillos. Se juntaron en la parte posterior y se dirigieron a las heladeras que están en el último pasillo, de donde sacaron carne que está envasada al vacío. Se las guardaron y se dirigieron a la línea de cajas.

    En ese momento observaron a la cajera, que estaba con clientes. Se encaminaron hacia la puerta para irse, pasando la línea de cajas, por lo que el dicente salió de la oficina que estaba atrás de las cajas. En ese momento los individuos estaban desviándose de la fila que estaban haciendo los clientes para pagar. Avanzaban de a poco para que cuando la cajera los perdiera de vista y retirarse. Explicó que todos los Fecha de firma: 04/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31678340#207934353#20180604105621482 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 19267/2018/TO1 pasillos se dirigen a la caja.

    En virtud de ello, el declarante les pidió que dejaran las cosas que habían tomado. La persona que tenía los vinos los sacó de abajo del cochecito. El testigo les dijo que dejaran todas las cosas que se estaban llevando. El otro individuo sacó los desodorantes del bolsillo, y dijo que llame a la policía porque no le interesaba. El resto de las cosas no las sacó. Continuaron sacando la carne que tenían guardada y se acercaron a M. amenazantes. La persona que tenía el carro lo chocó

    por atrás con el carro. El dicente le dijo que tuviera cuidado con el menor, mientras el otro le pegó en el ojo.

    El testigo vio que emanaba sangre, e intentó llamar por celular a la policía. El otro sujeto intentó entonces sacarle el celular, por lo que le pidió a su compañera que llamara a la policía.

    Cuando llegaron, el personal policial sólo secuestró lo que los imputados habían dejado. Los imputados nunca manifestaron la voluntad de pagar esas cosas.

    Explicó que como consecuencia del golpe sufrido tuvo dolores en la parte del ojo y en la mano por los forcejeos.

    Luego de que ingresó la policía no le dijeron más nada.

    La Dra. L.A. cuestionó al testigo respecto de si había una sola caja, a lo que M. respondió que eran dos pero que sólo había una habilitada. Explicó que los imputados estaban formando la fila, pero a medida que iba pasando, la gente y la cajera no los veía, por Fecha de firma: 04/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31678340#207934353#20180604105621482 lo que intentaron desviarse de la fila.

    En ese momento el testigo les habló porque vio que tenían la intención de salir.

  3. La incorporación por lectura:

    a) Testimonio de J.S.A. (Fs. 1/2), quien refirió que el día del hecho se constituyó en el Supermercado Día sito en Av. Jujuy 346, de esta ciudad, donde vio a dos hombres forcejeando, que tenían golpes en la cara.

    Cuando el personal policial ingresó al...

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