Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 24 de Mayo de 2018, expediente FMZ 016385/2015/TO01

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 S E N T E N C I A N° 1799 En la Ciudad de Mendoza, a veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciocho, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, integrado en forma Unipersonal por el Señor Juez de Cámara Doctor A.W.P., en autos Nº 16385/2015/TO1, caratulados:

MAIRAN J.R. s/CONTRABANDO ART. 864, INC. D) –

CÓDIGO ADUANERO

, incoados contra: J.R.M.A., D.N.

  1. N° 26.414.401, argentino, nacido en el departamento de San Martín Mendoza, el 26 de enero de 1978, soltero en concubinato, chofer de camión, hijo de F.A. y de M.R., con domicilio en calle Bº

Almirante Brown Manzana D, casa 14, calle Lamadrid Sur de Rivadavia, M.; dejando constancia de la actuación de la señora F. General S., Dra. M.M.P. y del Sr. Defensor Público Oficial, Dr. R.D., en forma definitiva:

F A L L A:

  1. ) RECHAZANDO el planteo de inconstitucionalidad formulado por el señor Defensor Público Oficial.-

  2. ) CONDENANDO a J.R.M. a la pena de CUATRO AÑOS de PRISIÓN, pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozare; seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio del comercio, inhabilitación ocho años para desempeñarse como funcionario o empleado público (cfr. art. 876, 1ra. parte, inc, “d”, “e” y “h” de la ley 22.415), con accesorias legales y costas, por considerarlo penalmente responsable del delito de contrabando agravado por el valor de la mercadería, en grado de tentativa (art. 864 inciso “d”, artículo 865 inciso “i”, artículos 871 y 872 de la Ley 22.415), en calidad de autor (art. 45, Código Penal).

  3. ) ORDENANDO remitir copia certificada de la presente sentencia a la AFIP-DGA –Regional Mendoza- para su conocimiento y efectos.

  4. ) ORDENANDO el comiso de los elementos incautados.

    Fecha de firma: 24/05/2018 Alta en sistema: 04/06/2018 Firmado por: A.W.P., Presidente Firmado(ante mi) por: AMADEO N. FRUGOLI, Secretario Federal #29080943#207292764#20180524134952176 5°) PONER a disposición de la Administración Nacional de Aduana el secuestro obrante en autos, a los fines que estime corresponder (artículo 1026 apartado de la ley 22.415).

  5. ) PONER a disposición de la querella copia del expediente ante la posible comisión del delito previsto en el artículo 261 del...

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