Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 10 de Mayo de 2018, expediente CCC 048151/2017/TO01

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48151/2017/TO1 Buenos Aires, 10 de mayo de 2018.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n° 48151/17 que se le sigue por el delito de lesiones leves culposas a W.M.Z.L., nacionalizado argentino, nacido el 23 de marzo de 1975 en Lima, República del Perú, hijo de W. y de N.L., identificado con DNI 18.884.329, prontuario policial AGD 584.780, prontuario reincidencia 03170977, con domicilio real constituido en P. 2303 de esta ciudad y constituido en la Avda. R.S.P. 1190, piso 9° de esta ciudad, junto con Defensor Público coadyuvante, Dr. J.I., interinamente a cargo de la Defensoría Oficial n° 8, quien interviene en el proceso junto con el Sr. Fiscal General, D.A.G. de la Fuente.

Y CONSIDERANDO:

Primero
Hecho

En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 110/117 se le imputa a W.M.Z.L. el siguiente hecho:

El haberle causado lesiones de carácter leve a E.D., debido a la conducción antirreglamentaria del vehículo marca Volkswagen, modelo C., dominio MMA-629, tras infringir los artículos 36, 39 incisos a) y b), 41, 48 inciso a) y 77 inciso m) de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y Capítulo 5.4, apartado 5.4.1. y 5.4.4 primer párrafo; Capítulo 6.1, apartado Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.T., SECRETARIO DE CAMARA #31310489#205763062#20180510115827742 6.1.1 y Capítulo 6.7, apartado 6.7.2 inciso b) de la Ley 2148 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), al transgredir su deber objetivo de cuidado pues el imputado circulaba bajo los efectos del consumo de alcohol con un valor en sangre muy superior al permitido, sumado a la circunstancia que conducía bajo los efectos del consumo de cocaína y que al llegar a la intersección de las calles Mercedes y San Blas de esta ciudad, no respetó la prioridad de paso con la que contaba el damnificado al cruzar desde la derecha en una encrucijada no semaforizada, lo que provocó que colisione la parte trasera del automóvil marca Renault, modelo L., dominio MKD-012 que era conducido por D., produciéndole las mentadas lesiones. El hecho ocurrió el día 30 de julio de 2017 a las 18:20 hs.

Segundo

Prueba:

  1. El testimonio de E.D., obrante a fs.32, oportunidad en la que declaró que el 30 de julio de 2017, aproximadamente a las 18:20, se encontraba conduciendo el vehículo Renault Logan, dominio MKD-012, por la calle Mercedes y, al cruzar la intersección con la calle S.B., lo chocó el automóvil V.C., dominio MMA-629. Este vehículo golpeó el suyo a la altura de la puerta trasera derecha, su rodado efectuó un trompo y terminó impactando contra un árbol que se encontraba emplazado sobre la calle M.. Agregó que, como Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.T., SECRETARIO DE CAMARA #31310489#205763062#20180510115827742 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48151/2017/TO1 producto de lo sucedido, sufrió lesiones que fueron diagnosticadas por personal médico como contractura cervical.

    Instó la acción penal.

  2. E testimonio del oficial primero L.M. obrante a fs.1/2, ocasión en la que declaró que fue comisionado para constituirse en la intersección de las calles Mercedes y San Blas de esta ciudad, por choque con heridos. Arribado al lugar se entrevistó con los dos conductores involucrados, en el caso de quien se identificó como E.D., éste le destacó que el otro conductor conducía a alta velocidad. Respecto del masculino que conducía el automóvil V.C., al acercarse se percató de que tenía un fuerte aliento etílico. Manifestó que el rodado que aquél conducía presentaba daños en la totalidad de su frente y que, al mirar el interior de la unidad desde afuera, pudo observar en el asiento del acompañante, una lata de cerveza.

    Agregó que el pavimento se hallaba mojado producto de precipitaciones leves, con un estado conservado de la cinta asfáltica, no encontrándose emplazados semáforos en dicha intersección, con una visibilidad óptima y sin elementos que la obstruyan. Indicó que con motivo de los dolores que alegaba sufrir el mencionado D., convocó al personal del SAME el cual, tras examinarlo, ordenó su traslado al Hospital Vélez Sarsfield con diagnóstico de “latigazo cervical”. Procedió a formalizar la detención de quien identificó como W.M.Z.L. y al secuestro de los vehículos involucrados.

    Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.T., SECRETARIO DE CAMARA #31310489#205763062#20180510115827742 c) Acta de detención de fs. 4.

  3. Acta de secuestro de fs. 5 respecto del automóvil marca Volkswagen, modelo C., dominio MMA-629 con daños en la totalidad de su parte frontal y del vehículo marca Renault, modelo L., dominio MKD-012 con daños en la totalidad de su lado derecho.

  4. Croquis del lugar del hecho obrante a fs. 8.

  5. El testimonio de los testigos de actuación B.H. y J.V., obrante a fs. 6 y 7 respectivamente.

  6. Fotografías del acusado obrante a fs. 104 y las de fs.

    44/48 respecto de los vehículos secuestrados.

  7. Informe médico legal de fs. 18 que estableció que Z.L., al momento de la detención, se encontraba vigil, orientado en tiempo, espacio y persona, coherente en sus manifestaciones.

  8. Acta de extracción de sangre y orina realizada a Z.L., de fs. 19 e informe de fs. 28/30 respecto del resultado del test de alcoholemia que determinó que Z.L., al momento del hecho, había consumido más alcohol que el permitido para desarrollar la conducción vehicular...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR