Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Abril de 2018, expediente CCC 041934/2014/TO01

Fecha de Resolución27 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 41934/2014/TO1 Buenos Aires, 27 de abril de 2018.-

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa nº 41.934/14 (nº interno 4639) seguida a D.E.L. –argentino, nacido el 22 de junio de 1978, titular del DNI nº 26.567.931, hijo de D.E.L. y Á.M.T., identificado con prontuario serie D.E. 282.746 de la Policía Federal Argentina y con último domicilio conocido en la calle M. 1634, V.D., Avellaneda, Provincia de Buenos Aires-, en orden al delito de falsificación de documento público en concurso real con el uso de documento público falso (arts. 45, 55, 292 Y 296 del Código Penal).

Intervienen en la causa el Sr. Fiscal General, Dr. J.M.F.B., y la Sra. Defensora, Dra. G. de D..

RESULTA:

Primero
Hecho

En el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs.

94/95, se imputó al nombrado el suceso que a continuación se transcribe:

…el haber falsificado o participado en la falsificación de la licencia de conducir nº 26.567.931 supuestamente expedida por la Dirección General de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Avellaneda con fecha 8 de abril de 2010, a su nombre, con fecha de vencimiento 8 de abril de 2015, que poseía su fotografía estampada.-

Así las cosas, el 8 de julio de 2014 a las 11.00 horas aproximadamente, en el marco de un control de motovehículos que se llevaba a cabo en Av. B. y D.F., el imputado exhibió dicha credencial a P.E.R.D., empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, advirtiendo el nombrado que la licencia en cuestión aparentaba ser apócrifa, de modo que decidió consultarlo con el personal policial de la División Motorizada de la Policía Federal Argentina que se encontraba en el lugar, quien procedió a la Fecha de firma: 27/04/2018 Alta en sistema: 03/05/2018 Firmado por: E.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R., SECRETARIA #24441775#205051686#20180503092622449 aprehensión del encausado y al secuestro del documento primeramente descripto.-

Finalmente, se determinó a través de la pericia relizada por personal de la División Scopometría de la P.F.A. que la licencia de conducir en cuestión es apócrifa.

Segundo

Prueba:

La materialidad del hecho descripto en el acápite primero y la autoría del mismo por parte del imputado se encuentran acreditadas mediante las siguientes pruebas:

1) Declaración testimonial de:

  1. Sargento 1º M.F. (fs. 1/2), quien relató que el día del hecho se encontraba cumpliendo funciones para la División Motorizada de la Policía Federal Argentina en la calle B. y D.F. cuando personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires detuvo una motocicleta, le solicitó la documentación correspondiente y observó que la licencia aportada lucía apócrifa. Es por ello que se procedió a la detención del causante y se secuestró la licencia de conducir mencionada.

  2. P.E.R.D. (fs. 9), empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quien le requirió primeramente la licencia de conducir a L. y consultó con el efectivo policial respecto a su autenticidad.

    2) Las actas de detención y de secuestro de fojas 3 y 4, las cuales fueron suscriptas por los testigos:

  3. O.A.S. y b) G.J.H., quienes las ratificaron a fojas 5 y 6 respectivamente.

    3) Fotocopias de la licencia de conducir de fojas 7 y 26.

    4) Informe de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor de foja 8 respecto a la motocicleta que tripulaba el justiciable.

    Fecha de firma: 27/04/2018 Alta en sistema: 03/05/2018 Firmado por: E.G., JUEZ DE...

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