Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 5 de Marzo de 2018, expediente FSM 064028676/2009/TO01

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 64028676/2009/TO1 M., de febrero de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín en la presente causa FSM 64028676/2009/TO1 (registro interno nro. 3347) seguida contra ORLANDO ANDRES LA CRUZ.

RESULTA:

  1. Que, según surge de fs. 498/501 vta., se requirió la elevación a juicio de las presentes actuaciones atribuyéndole a Orlando Andrés La Cruz, haber “vendido, en su agencia de automotores ubicada en la calle 25 de mayo intersección con la Avenida H. de la ciudad de Luján, una camioneta marca Chevrolet, modelo B., dominio colocado “FHB-844”

    con documentación apócrifa a M.S., la que al dirigirse a realizar los trámites de transferencia ante la Dirección de Gestión Interna de Habilitación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, presentó dicha documentación falsa, la que fue advertida por personal de dicha Dependencia, imposibilitando de esa forma la continuidad del referido trámite, hecho cometido en fecha 11 de febrero de 2009”.

    Calificó el accionar de La Cruz como constitutivo del delito de uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular, previsto y reprimido en el art. 296 en función del art. 292 del C.P. por lo que debería responder en calidad de autor.

    Fecha de firma: 05/03/2018 Alta en sistema: 06/03/2018 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ Firmado por: M.C.M.M., JUEZA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ Firmado(ante mi) por: MARIANO A. SAYOUR, S. ad hoc #19513790#199649768#20180302085850769

  2. Que, tal como surge del informe actuarial de fs. 593, el causante Orlando La Cruz registra en trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín la causa nro. 2508 en la que se le imputa el delito previsto en el art. 296, en función del 292, 2° párrafo del C.P. por un hecho cometido en fecha incierta pero antes del 16 de julio de 2008; y la causa n° 3010 en orden a los delitos previstos en los arts. 172, 277 inc. 3° “a”

    y “b” en función del inc. 1° “c” y 296, en función del 292, 2° párrafo del C.P., la cual se inició el 26 de agosto de 2008, encontrándose los sumarios en trámite, en condiciones de fijar fecha de debate.

    Y CONSIDERANDO:

    Que, de lo expuesto en las resultas se infiere, que las causas resultan conexas en virtud de lo dispuesto por el inciso 3ro. del artículo 41 del Código de forma, toda vez que se trata de una misma persona –Orlando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR