Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA - SECRETARÍA DERECHOS HUMANOS, 28 de Marzo de 2017, expediente FRE 033000200/2006/TO01

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA - SECRETARÍA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 33000200/2006/TO1 SENTENCIA N° 231: En la ciudad de F., capital de la provincia del mismo nombre, siendo las 16:00 horas del día dieciséis del mes de marzo del año dos mil diecisiete, se constituyó en la sala de audiencias sito en Maipú Nº

262, el Tribunal Oral Criminal Federal de F. S., integrado por el Dr. Á.G.N., como Presidente de Debate, y los Sres.

Vocales, Dr. G.E.V. y Dr. H.F.D., asistidos por la Sra. Secretaria, Dra. L.T.I., a los fines de dar a conocer los fundamentos de la sentencia respecto de H.R.D., titular del DNI N° 4.396.888, nacido en Santa Rosa, La Pampa, el día 17 de octubre de 1942, hijo de R.A.D. y de D.J.M., con último domicilio real en la calle Cochabamba N°4989, B.J.I., de la ciudad de C., capital, asistido por la Defensa Oficial, en la causa nro.

33000200/TO1/2006, caratulada “DOMATO, H.R.S.ÓN ILÍCITA EN CONCURSO REAL CON PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD PERSONAL, ETC.”.

Han intervenido en el debate el Sr. F. Federal S., Dr.

L.R.B. y la Sra. F. Ad-Hoc, Dra. M.V.. El Sr.

H.R.D. fue asistido por los Defensores Públicos Oficiales, Dra. R.M.M. y R.T. y los abogados querellantes Dr. W.D.C. (por la querella de P.V.I. y A.A., Dr. P.V.I. (por derecho propio y apoderado de A.A., Dra. R.E.S. y Dr. C.R. (por M.F.G. de C., C.C.C. y la Asociación Civil de Asamblea Permanente por los Derechos Humanos); y el Dr. L.M.Z. (por la Liga de los Derechos del Hombre).

Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: ÁNGEL GABRIEL NARDIELLO, J. de Cámara Firmado por: G.E.V., J. de Cámara Firmado por: H.F.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #26996748#174951092#20170328135331854 Y RESULTA:

  1. Acción atribuida: la base del juicio contradictorio versó sobre los siguientes hechos:

    Según el requerimiento de elevación a juicio de fs. 15386/15430 vta., que relato que: 1) R.J.A.. Fue secuestrado de su domicilio, de la calle M., en la ciudad de F. entre los días 26 y 27 de marzo de 1976, por fuerzas conjuntas del Ejército, gendarmería, prefectura, Policía Federal y de la provincia, que rodearon su casa, irrumpieron en ella y fue conducido al RIM 29, en un patrullero de la Policía de la Provincia. Allí, junto a otras personas, lo colocaron en un patio rodeado de ametralladoras y mantenidos en ese lugar hasta horas de la noche, horario en el que lo trasladaron junto con otros compañeros hasta la Alcaldía de Varones, en varias oportunidades fue conducido hasta el RIM para tomárseles declaraciones. En esas oportunidades, fue interrogado por el entonces Tte. S. y el oficial S. de Prefectura. Afirma que con él estuvieron detenidos los hermanos S., P.B., los hermanos R., y que eran más de cuarenta.

    Fue puesto en libertad condicional luego de cuarenta y siete días más o menos, debiendo presentarse en la Comisaría del barrio los días martes y viernes a firmar el llamado libro negro.

    Segunda Detención: El 7 de septiembre de 1976, en horas de la noche, aproximadamente a las 23:00 hs., fue secuestrado por hombres del grupos de tarea, de su domicilio y en presencia de su familia y lo llevaron con las manos atadas la espalda y vendado al RIM 29. Lo condujeron a los pasillos de los calabozos, allí le habló un detenido, de apellido G., entonces Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: ÁNGEL GABRIEL NARDIELLO, J. de Cámara Firmado por: G.E.V., J. de Cámara Firmado por: H.F.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #26996748#174951092#20170328135331854 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 33000200/2006/TO1 conscripto del Distrito Militar. También pudo ver detenido a un suboficial retirado de la Policía, a H.A., a M.D., y al Dr. V.I. quien estaba quemado por la picana. Unos días después, los trasladaron a otro lugar, de los calabozos al último galpón del cuartel, donde permaneció

    detenido con otros compañeros: P., M., L.D., V.I., el Dr. M.. De ese lugar eran sacados periódicamente y llevados a interrogatorios donde eran torturados con golpes y picana, en presencia del C.D., un A. o S. de G.ría de apellido S., el Capitán Linares, R.A., el Oficial Arena de la Policía Federal, S. y S.. Transcurridos 17 o 18 días, fue puesto en libertad.

    En otra oportunidad, en horas en que iba a cerrar su negocio, fue secuestrado e introducido en una camioneta Fiat Multicarga, por dos hombres de los servicios, quienes lo llevaron a dar un paseo y luego de algunas horas de pasear interrogándolo, le exhiben una ametralladora y le manifiestan que fue una equivocación. Fue permanentemente hostigado hasta aproximadamente cerca del año 80, momento en el que puede salir de la provincia. Pero hasta ese tiempo tenía que presentarse a firmar el libro negro de asistencia.

    2) H.F.P.. El 24 de marzo de 1976, un camión Unimog del ejército llegó hasta la casa de los padres de P. y personal del ejército revisó toda la vivienda. P. no se encontraba en el domicilio en ese momento, pero por la mañana, se presentó

    en la Seccional Primera y se puso a disposición de quien fuera el jefe. Un oficial de G.ría le dijo que se retirara y que, ante cualquier requerimiento lo llamarían. Ese mismo día, policías de civil lo detuvieron Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: ÁNGEL GABRIEL NARDIELLO, J. de Cámara Firmado por: G.E.V., J. de Cámara Firmado por: H.F.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #26996748#174951092#20170328135331854 alrededor de las 19:30 hs en las calles 25 de mayo y M. de la ciudad de F.. Lo llevaron a la Seccional Primera, donde permaneció

    incomunicado hasta el 30 de marzo, cuando lo trasladaron al RIM 29. Allí lo recibieron el Teniente S. y S..

    En el RIM 29 estuvo detenido en la guardia junto a R.A., R.S., B.S., F.B., alias “Pancho”, otra persona de nacionalidad paraguaya de apellido M. que era encargado de imprenta de la Facultad en aquél entonces, C.B., E.L.. Había otros detenidos, aunque no recuerda los nombres. Al segundo día que estuvo detenido, S. y S., D., de G.ría, lo hicieron declarar cuatro horas de mañana y cuatro horas por la tarde.

    Al día siguiente, lo llevaron con otro grupo de detenidos a la Alcaldía de Varones, donde había otros detenidos que ya habían estado en el RIM 29. Mientras estaba detenido en el RIM 29, P. no fue torturado; pero, por la noche, se escuchaban gritos desgarradores de gente que era torturada, que provenía del sector trasero de la unidad, detrás de lo que es el Salón Soldado Luna. Supo que la gente que estuvo detenido con él en ese momento, tampoco fue objeto de apremios.

    Permaneció allí hasta las 22:30 del 26 de junio, cuando lo pusieron en un régimen de libertad vigilada, que suponía que no podía moverse de la provincia y debía presentarse en la Seccional Primera de la Policía Provincial, los días martes y jueves para firmar un libro de asistencia o novedades.

    En la estructura del RIM 29 había tres espacios entre los que frecuentemente rotaban los detenidos: la sección de guardia, la sección de Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: ÁNGEL GABRIEL NARDIELLO, J. de Cámara Firmado por: G.E.V., J. de Cámara Firmado por: H.F.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #26996748#174951092#20170328135331854 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 33000200/2006/TO1 servicios (trasera de la unidad) y la Escuelita. Las personas detenidas en estos dos últimos lugares (entre otros, W.B.S. y B.)

    sufrían torturas por parte de, entre otros, S., D., A.E., R., y P..

    La segunda detención fue en agosto del año 1976, sí fueron objeto de torturas estas personas que estuvieron con él. Después de recuperar su libertad, tenía que presentarse a firmar el libro de asistencia, lo cual duro hasta diciembre de 1978.

    3) W.B.S.. Fue detenido aproximadamente el 4 de abril de 1976 por el C. de P., quien, antes de secuestrarlo, allanó su casa. Lo alojaron en la Alcaldía de Varones.

    Durante 30 días, todas las noches lo llevaban al RIM 29 para interrogarlo hasta la mañana siguiente. En esas ocasiones lo torturaban física o psíquicamente. Los tormentos incluían la aplicación de picana eléctrica en los genitales. Una noche lo vendaron con un pullover y pudo reconocer a S., S. y D. (entre otras personas), quienes lo interrogaron y lo torturaron. Algo similar les ocurrió a otros detenidos como P.B. y “el colorado” Ziesseniss, que regresaban con él por las mañanas muy lastimados.

    Algunas noches lo dejaban sentado afuera de algún edificio del regimiento durante toda la noche. Otras veces lo vendaban y lo sometían a tormentos mientras lo interrogaban y, en algunas ocasiones, lo interrogaban sin torturarlo.

    Treinta días más tarde, lo sacaron del calabozo de la Alcaldía donde lo mantenían, para llevarlo a un pabellón, donde vio a otros detenidos Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: ÁNGEL GABRIEL NARDIELLO, J. de Cámara Firmado por: G.E.V., J. de Cámara Firmado por: H.F.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #26996748#174951092#20170328135331854 como F.B., C.S., F., N.D., M.L., A.S., M., A.A.M. y otros; eran alrededor de 30. Ese día le leyeron a S. un decreto que decía que estaba a disposición del PEN y fue trasladado a la Unidad 10. Allí estuvo hasta octubre, cuando lo llevaron a la Unidad 7 de Resistencia. Después de un tiempo le otorgaron la libertad.

    4) JUAN DE DIOS ACOSTA MENA. J. de D.A.M., fue secuestrado y permaneció detenido en el Regimiento de Infantería de Monte N°29 al menos durante el mes de abril de 1.976 según el Prontuario que indica como fecha el 11/04/1976.

    Padeció Torturas Psicológicas y Físicas, las que consistían en trompadas, descargas eléctricas. Permanecía vendado y atado. Era un estudiante Universitario Paraguayo. Siendo expulsado del País en 1.980.

    Relatando algunos testigos que lo vieron en el mes de agosto de 1976. El A.M.S. participaba de los interrogatorios, le tomó una declaración forzada, y elevó un informe dirigido al J. de Área de Defensa 234, informando que estaba detenido e...

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