Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 19 de Abril de 2017, expediente CCC 069765/2016/TO01

Fecha de Resolución19 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 69765/2016/TO1 Buenos Aires, 19 de abril de 2017.

Y VISTOS:

La causa nº 69.765/2016 (interno n° 4544) seguida a L.S.V., argentino, titular del DNI: 38.892.971, nacido el 11 de abril de 1995 en esta ciudad, hijo de J.A. y de M.S.A., soltero, sin profesión ni oficio, con Prontuario de la Policía Federal Argentina, División Robos y Hurtos n° 302.108, con último domicilio en la calle J.J. 453 1° piso, depto.: D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actualmente en el Complejo Penitenciario Federal de esta ciudad (ex cárcel de Devoto).

Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal General Dr. S.V. y el titular de la Defensoría General n° 3, Dr. I.T..

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La conducta que se le atribuye al imputado L.S.V. en el marco de esta causa nº 69.765/2016 (interno n° 4544), conforme el requerimiento de elevación a juicio de fs. 84 a 86 es la siguiente:

    …el haber intentado sustraer, mediante el ejercicio de fuerza en las cosas, los objetos del interior del rodado marca Volkswagen, modelo S., dominio colocado GBG-752, propiedad de A.L.O. y Sandra Noemí

    Pereyra, el cual se encontraba estacionado en la Av. Independencia frente a la altura catastral 2262 de esta ciudad, ocurriendo ello el 19 de noviembre de 2016, alrededor de las 02.40 horas

    .

    Concretamente, ese día, el imputado se acercó al vehículo mencionado, que se encontraba debidamente cerrado, y mediante un golpe rompió el cristal de la puerta delantera izquierda, luego de lo cual haciendo uso de un destornillador metálico con mango plástico color amarillo y rojo, pretendió extraer el estéreo allí instalado, sin lograr removerlo, ante la intervención policial

    .

    En efecto, el accionar desplegado por V. fue advertido por el Sargento 1° N.P. de la Seccional 18 de la P.F.A., mientras Fecha de firma: 19/04/2017 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #29270073#176541143#20170419094330903 recorría el radio jurisdiccional, por lo que inmediatamente se dirigió hacia el nombrado, quien al advertir su presencia salió del interior del automóvil e intentó huir pero el uniformado lo interceptó y procedió a su detención, previo forcejeo con el encartado, secuestrándose en su poder el destornillador aludido

    .

    El hecho fue calificado por el Sr. Fiscal de grado como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa (arts. 42, 44 y 164 del Código Penal de la Nación) revistiendo en su entender, el imputado la calidad de autor (art. 45 del mismo cuerpo legal).

  2. ) Se presenta este acuerdo de juicio abreviado al que arriban las partes.

    En el escrito agregado a fojas 130 y 131 el imputado L.S.V. contando con asistencia letrada admite su responsabilidad en el hecho.

    El Sr. Fiscal General, atendiendo a las pautas de mensuración establecidas por los arts. 40 y 41 del Código Penal, y manteniendo la calificación legal asignada al hecho, requiere del Tribunal que en el momento de fallar se condene a L.S.V. a la pena de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento y el pago de las costas del proceso (arts. 42, 44, 45 y 164 del Código Penal).

    Asimismo, y en atención al antecedente condenatorio que ya registra, sentencia emanada del Tribunal Oral en lo Criminal n° 8 de fecha 4 de agosto de 2016, en causa n° 5156, en la que se le impuso la sanción única de dos años y nueve meses de prisión y costas, se le imponga en definitiva la pena única de dos años y diez meses de prisión y costas.

  3. ) Considero que en el marco de la presente causa n°

    69.765/2016 (interno n° 4544) se ha adquirido certeza positiva en cuanto a la materialidad del hecho y a la responsabilidad que le cupo al imputado V. en el mismo.

    Fecha de firma: 19/04/2017 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #29270073#176541143#20170419094330903 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 69765/2016/TO1 En efecto, el acusador público ha podido demostrar que en la madrugada del día19 de noviembre del año 2016, alrededor de las 02.40 horas, el imputado pretendió apoderarse ejerciendo fuerza en las cosas de un estéreo y de otros elementos de valor que se hallaban en el interior del rodado marca Volkswagen, modelo S., dominio GBG-752, propiedad de la pareja...

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