Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Marzo de 2017, expediente CCC 014563/2014/TO01

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14563/2014/TO1 tecedente: Expediente nº 14.563/14 del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nº 41, Secretaría nº 112.

Buenos Aires, 1º marzo de 2017.

VISTA:

Se reunieron los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal nº 5 de la Capital Federal, doctores A.P.L., F.R.L. y R.A.O. –quien preside- para dictar sentencia en la causa nº 14.563/14 (nº interno 5155) seguida a I.D.S. –uruguayo, nacido el 10 de enero de 1955 en Montevideo, República Oriental del Uruguay, hijo de B.D.S. y de D.R., titular del DNI nº 92.594.356 e identificado con prontuario serie CI 12.256.277 de la Policía Federal Argentina-. De la cual, RESULTA:

A fojas 164 se incorporó el pacto de juicio abreviado suscripto por el fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía General nº

5, doctor A.Y., y por el imputado asistido por el defensor público coadyuvante.

Se tomó conocimiento personal del justiciable, y la causa ha quedado en condiciones de recibir pronunciamiento definitivo.

Y CONSIDERANDO:

El juez R.A.O. dijo:

Primero

la conducta atribuida.

Fecha de firma: 01/03/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #28790761#172753396#20170301130716370 En el acuerdo, el fiscal, se remitió al requerimiento de elevación a juicio de fojas 119/120, donde se atribuye a Da Silva la comisión de la siguiente conducta:

Hecho

“…el haber abusado sexualmente de la menor A.A.Z., para ese entonces de 9 años de edad, en tres oportunidades, entre el mes de septiembre 2013 y marzo de 2014, cuando ésta visitaba el edificio sito en las calles Zañartú 1520/40 de esta ciudad, luego de salir del colegio alrededor de las 16:15h, para visitar a sus amigas y esperar que salgan sus hermanos de la misma escuela, ya que había vivido allí hasta agosto de 2013.

En ese contexto el encartado le dio besos en la boca a la menor y le efectuó tocamientos “…arriba de la panza…”; ello siempre que se encontraba a solas con la niña, para lo cual en dos ocasiones la hizo ingresar a la unidad funcional que tenía asignada como vivienda y en otra a un lugar de limpieza.”

Con respecto a la prueba, la remisión fiscal a la requisitoria de elevación a juicio, abarca:

1) Las declaraciones testimoniales:

  1. L.E.G., madre de la menor que fuera damnificada del hecho en cuestión, de foja 1.

  2. A.A.Z., damnificada del delito traído a juicio, de fojas 37/41.

2) Informe confeccionado por la Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Sexual, de fojas 5/7.

3) Fotocopia de Partida de nacimiento y DNI de la damnificada y DNI de la madre a fojas 15/17.

4) Evaluación psicológica de Zupa, de fojas 90/92 La prueba colectada da por plenamente acreditado el hecho antes descripto y la autoría del imputado.

El acuerdo entonces debe ser homologado.

Fecha de firma: 01/03/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #28790761#172753396#20170301130716370 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14563/2014/TO1

Segundo

el encuadre legal.

La presentación del F. de fojas 164/165 coincide con la calificación efectuada por el fiscal de instrucción en el requerimiento de elevación a juicio citado y atribuye a I.D.S. el delito de abuso sexual simple contra una menor de trece años de edad, reiterado en tres oportunidades los cuales concurren de manera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR