Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 23 de Diciembre de 2016, expediente CCC 062774/2014/TO01
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62774/2014/TO1 Buenos Aires, 23 de diciembre de 2016.
Y VISTOS:
Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, J.A., C.A.R.M. y L.M.R., en presencia de la Secretaria, M.B., para dictar sentencia en las causas N° 5108 (52.990/16), elevada a juicio por el delito de robo doblemente agravado por el uso de armas y en poblado y en banda y la N°5132 (62.774/14) seguida por el delito de robo simple en concurso real con amenazas a J.A.A., D.N.
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N° 32.639.350, de nacionalidad argentina, nacido el 19 de noviembre de 1986 en esta ciudad, hijo de L.E.A. y de M.I.C., identificado con prontuarios R.H.
304.814 de la Policía Federal Argentina y N°
2.964.727 del Registro Nacional de Reincidencia, con último domicilio real en E.P. 6600, tira 20, casa 311, V. 15 de esta Ciudad, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal N° 1 de Ezeiza, con L.P.U. 291.811.
Fecha de firma: 23/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #27981860#169744658#20161223115846840 Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, el F. General F.C., y en la defensa del imputado el Dr.
H.S. de la Unidad de Letrados Móviles N° 6.
Y CONSIDERANDO:
I.A.- Que el representante del ministerio público requirió la elevación a juicio contra J.A.A. en los siguientes términos (fs. 80/83 de la causa 5108):
[…] Se le imputa a J., el hecho
acaecido el día 07 de septiembre de. 2016, aproximadamente
a las 19:00 horas, en la Av. Perón 6600, de esta Ciudad,
momento en el que junto a otras dos personas por el momento
no identificadas, propinó golpes en el rostro al damnificado y
mediante la utilización de un cuchillo tipo “Tramontina” se
apoderó ilegítimamente de un teléfono celular marca Sony,
modelo Xperia de color blanco, propiedad de Justo Espinoza.
Con esos fines, el imputado junto a sus consortes,
interceptaron al damnificado manifestándole “‘dame todo,
dame el celular, tengo un cuchillo
momento en el que lo
golpearon en el rostro y A. le exhibió el cuchillo antes
descripto.
Es allí, que al advertir la presencia de personal policial
Fecha de firma: 23/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #27981860#169744658#20161223115846840 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62774/2014/TO1 en el lugar, procedieron a darse a la fuga con el teléfono celular
del damnificado.
En ese momento, el A. de
la Policía Federal Argentina, tras una corta persecución,
efectuó la detención del imputado, y procedió al secuestro de
un cuchillo “Tramontina” que A. tenía en el interior de la
manga del brazo izquierdo, en tanto que las otras dos
personas lograron darse a la fuga.. [...] “
El A.F. calificó la conducta descripta como robo doblemente agravado por el uso de armas y en poblado y en banda y sostuvo que A. había intervino en ella en calidad de coautor (arts. 45, 166, inciso 2°, y 167, inciso 2°, del Código Penal).
B.- Que el representante del ministerio público requirió la elevación a juicio contra J.A.A. en los siguientes términos (fs.
147/149 de la causa 5132):
[…] Hecho 1: El día 17 de octubre de 2014, alrededor de las 9.00
horas, consistente en haber sustraída un morral color negro con la
inscripción “Adia Asociación de Docentes Independientes
Argentinos
(en color celeste) y un logo color gris con letras naranjas
con inscripción “LSD Login” que contenía en su interior un aparato
Fecha de firma: 23/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #27981860#169744658#20161223115846840 de telefonía celular marca Samsung modelo 83 mini, abonado nro,
1564318604 de la empresa Claro S.A., un D.N.I. nro. 26.165.597,
un juego de llaves, y dinero en efectivo por la suma de doscientos
pesos ($ 200), en momentos en los que la damnificada María
Eugenia Moros encontraba caminando por la avenida E. y
su intersección con la avenida Piedra Buena de esta ciudad fue
sorprendida, por la espalda, por un sujeto de sexo masculino (de tez
morocha, cabello corto), quien realizando ademanes de poseer un
arma de fuego, le exigió la entrega de sus pertenencias, para luego
darse a la fuga velozmente con los elementos sustraídos.
Siendo, aproximadamente las 12.30 horas, del mismo día 17 de
octubre de 2014, mientras el Cabo primero Ale del numerario de la
Comisaría 48ª de la PPA, se encontraba recorriendo el radio
jurisdiccional fue solicitada su colaboración, en la avenida
P. y L. de esta ciudad por tres mujeres (Claudia
Soro, J. V. y M. B., quienes mantenían
demorado a un hombre a quien sindicaban como autor del hecho
que damnificara a M. E. M. (docente del Jardín de
Infantes Integral nro. 3, distrito escalar nro.20).
Fue así que el efectivo policial procedió a la formal detención de
quien fue identificado como J., y al secuestro
de un morral color negro, con dos bolsillos en su frente, el cual
presenta la inscripción “Adía Asociación de Docentes
Independientes Argentinos
(en color celeste) y un logo en color gris
con letras naranjas con inscripción “LSD Login” (que se hallaba
Fecha de firma: 23/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #27981860#169744658#20161223115846840 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62774/2014/TO1 vacío).
Asimismo se deja constancia que la damnificada María Eugenia
Moros, reconoció el elemento secuestrado coma de su, propiedad,
según consta en el acta de fs. 11/12.
Hecho 2: Consistente en haber realizado un gesto amenazante a
la damnificada R. del colegio donde
trabaja la damnificada del hecho anteriormente descripto, para lo
cual el acusado se...
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