Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 14 de Diciembre de 2016, expediente CCC 015386/2016/TO01

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15386/2016/TO1 Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 22, D.. Ángel G.N. y L.A. -en su condición de subrogante- como vocales, y Dra. P.E.C., en su carácter de P., en presencia de la Secretaria, C.I.P., para dictar sentencia en la causa N° 4910 (15386/16), elevada a juicio por el delito de robo agravado por haberse cometido con arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal seguida a H.A.S., argentino, DNI nro. 39.043.758, nacido el 2 de mayo de 1995 en la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, soltero, hijo de H.R.S. y R.M.P., identificado con el legajo de la P.F.A. AGE 136.829 y del Registro Nacional de Reincidencia nro. 3.805.006, último domicilio manzana 7 casa 252 bis, V.S., de esta Ciudad y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal de la C.A.B.A.; y P.J.G., argentino, D.N.

  1. 38.424.714, nacido el 25 de enero de 1992 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hijo de J.G., identificado con el legajo de la P.F.A. R.H. 305.205 y del Registro Nacional de Reincidencia nro. 3.805.005, último domicilio en M.A. y Riestra, manzana 7 casa 255 de esta Ciudad y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, ambos con domicilio constituido en la Av. R.S.P. 1190, piso 4, de esta ciudad.

Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.M.B. y en la defensa, el Dr. J.F., Defensor Público Oficial a cargo de la Defensoría Oficial ante los Tribunales Orales N° 13.

RESULTA:

  1. Requerimiento Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOMINGO L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28389287#168962968#20161214114612463 Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al requerimiento de elevación a juicio de fs. 318/320, en el que se tuvo por acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el siguiente hecho: se les imputa a los procesados que el día 15 de marzo de 2016, cerca de las 9:30 hs., en compañía de al menos dos sujetos aún no individualizados, se apoderaros ilegítimamente, y mediante el uso de un arma de fuego, del vehículo marca Renault Clío, dominio OPP-050, perteneciente a R.N.S..

    En efecto, el día en cuestión, en circunstancias en que el damnificado se hallaba en el interior del rodado, en Pasaje Hiken frente al 2800 de esta ciudad, se acercaron a bordo del rodado Volkswagen Gol Trend dominio MZT-636 que era conducido por quien resultó ser G., del que descendió uno de los desconocidos quien apuntó con un arma de fuego al damnificado, y le exigió que saliera del rodado, tras lo cual huyó con el automóvil, mientras que los procesados huyeron en el Gold Trend dominio MZT-636.

    Tras ello, el damnificado dio aviso de lo ocurrido al servicio 911.

    Minutos después, el Escribiente de la P.F.A. W.E.C. y los S.H.D.S. y C.M.L., quienes se hallaban en la Avda. I.R. y C., advirtieron el automóvil que conducía G., estacionando en el lugar, el que se retiró a gran velocidad.

    Así, dado que reunía las características del vehículo denunciado como sustraído, comenzaron la persecución accionando las sirenas y balizas, mientras los procesados desoyeron dicha alerta de alto chocando en Avda. I.R. 2398.

    Mientras tanto, S. y el otro sujeto, salieron del automóvil y emprendieron la fuga a pie, ocasión en la que este último efectuó un disparo con el arma de fuego que portaba, logrando huir en un automóvil blanco. Por su parte, S. en su huida se despojó en Rivera Indarte 3518 de varias llaves, un control remoto, y las llaves de Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOMINGO L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28389287#168962968#20161214114612463 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15386/2016/TO1 encendido del rodado Renault Clío, dominio OPP-050, siendo finalmente aprehendido en Berón de Astrada 2392.

    El incuso G. fue detenido en el interior del Volkswagen Gol Trend, dominio MZT-636, secuestrándose en el interior del vehículo un colchón inflable y su caja, un almohadón, una gorra, una campera, un morral, una agenda “Cross”, documentación del rodado, una licencia de conducir a nombre de P.A.B., un teléfono celular marca “Samsung”, modelo GT-S7582, SIM 11-44-0301S1013 e IMEI nro. 3555953/06/160936/6-

    3555954/06/160936/7; un celular marca “Sony”, modelo C2104, IMEI nro. 35660505-509515-8, SIM nro. 8954-0751-0082-4686-230, una factura de Personal a nombre de B., tres recibos de ABS-

    American Seg Broker S.A., a nombre de R.F.P., una pistola Browning calibre 6,35 nro. 940123, cargada con cinco municiones y dentro del bolso, un revólver nro. 414 calibre .32 largo, con la inscripción “Tiver S.R. Ind. Argentina” ambos listos para ser usados, los que portaban sin la debida autorización legal.

    b.1) I.H.A.S. Concedida la palabra al imputado el mismo se remitió a su indagatoria brindada en instrucción que luce a fs.

    228/230, momento en que manifestó “que tiene la costumbre de preguntarle a la familia a qué hora se levanta, de modo que sabe que se despertó alrededor de las 11:00hs, y como tenía que encargar una torta para el cumpleaños de su pareja se encontró con su compadre J. en Riestra y Laguna alrededor de las 11:20 hs, donde prendieron un cigarrillo de marihuana, donde también había otro apodado “Toto”, que se acercó en el auto rojo “Gol Trend”, que había dejado en la esquina [del que descendieron otros dos hombres que no conoce y se retiraron a pie], con vidrios abiertos, quien les dijo que sus padres le habían dado dinero y se compró ese auto. Agrega que en la perfumería ubicada a media cuadra de La Fuente y Cruz de esta Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOMINGO L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28389287#168962968#20161214114612463 Ciudad, había encargado el jueves o miércoles pasado, un perfume “Kenso” para regalarle a su mujer y ayer debía retirarlo, previo a sacar la torta. Así, le preguntaron el diciente y J. a T. si les hacía el favor de acercarlos con el auto hasta la perfumería, a lo que accedió y para esquivar el semáforo hizo una maniobra y observó la sirena de la brigada, instante en que “Toto” les dijo que “no podía parar, me está

    siguiendo la policía”, aumentando así la velocidad. Hasta que chocaron, “Toto” se pasó por encima de J., que se había ubicado en el acompañante, abrió la puerta y se fue corriendo, mientras que J. pasó para el lado del conductor, mientras que el dicente que se había colocado en la parte trasera derecha también salió corriendo por el temor que la causó los varios tiros que se efectuaron. Además refiere que desconoce ni ha visto el automóvil “Clío”. A preguntas del tribunal para que diga si conoce la dirección de T. dice que sólo lo conoce de pasada y que vive en los “mono-blocks” de M.A. y Roca, petiso, de tez blanca, con una cicatriz en el sector izquierdo del rostro y pelo “medio rubio”. Explica que tiene la costumbre de “parar” en Lacarra y Riestra de esta Ciudad. Además, desconocía por completo que en el interior del vehículo se encontraban las armas descriptas”.

    b.2) Indagatoria P.J.G. Concedida la palabra al imputado dijo que se iba a remitir a su declaración indagatoria de fs. 231/233, no obstante lo cual quería aclarar algunos aspectos. Así, sostuvo que al momento de la detención el diciente se encontraba del lado del acompañante del automóvil y que el muchacho “Toto” que estaba al lado de él, del lado del conductor, pasó por encima de él. Que en el momento del choque se lastimó el brazo y no se podía mover. Que Toto vio al policía del lado del conductor y que justamente fue por ese motivo que le pasó por encima y salió corriendo por su puerta. C. diciendo que salió

    por el lado del conductor porque el policía así se lo ordenó, es más, Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOMINGO L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28389287#168962968#20161214114612463 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15386/2016/TO1 que fue el mismo policía quien lo ayudó a abrir la puerta. Que una vez que logró abrir la puerta y descender del automóvil comenzaron los disparos. Que cuando contaron esta versión al juzgado se les rieron de la declaración, que siempre se les rieron pero que ellos se encontraban incomunicados y que de ninguna forma hubieran podido ponerse de acuerdo en brindar la misma explicación.

    Por su parte, el momento de brindar declaración indagatoria sostuvo: “Que en la mañana del 15 de marzo se juntó con H. en la casa del dicente, alrededor de las 11 casi las 12:00 hs., donde decidieron buscar un remise porque tenían que ir a la panadería de Pompeya, allí observaron a un auto rojo, “Gol Trend” con las ventanillas bajas, del que descendieron dos hombres que no conoce y se fueron, mientras que el tercero apodado “Toto”, que conoce de vista por el barrio les pidió una “seca” de marihuana y le preguntaron si el auto le pertenecía, a los que les dijo que sí, que lo había comprado “recién”, y al no conseguir traslado, se ofreció trasladarlos hasta Pompeya, para lo cual le pagarían el viaje, de modo que abordaron el automóvil para retirar en principio unos perfumes que había pedido H. en una perfumería, pero no llegaban a la panadería de Pompeya, donde el diciente iba a comprar facturas, de modo que “encararon” directo a la panadería. Al llegar a R. y en la misma...

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