Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 2 DE LA CAPITAL FEDERAL, 24 de Noviembre de 2016, expediente CCC 006368/2016/TO01

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 2 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 2 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6368/2016/TO1 Causa Nº 5190/5285/5310/5316/5350 “FONSECA, F.O. y SEQUEIDA, M.Á. s/ robo en poblado y en banda en grado de tentativa (c. 5190) en concurso real con robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa (c. 5285) en concurso material con robo simple en grado de tentativa (c.5310) en concurso real con robo simple (2 hechos) (c. 5316) en concurso material con robo simple (c. 5350) ”.DEF. T.O.C. Nro. 2.

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de la Capital Federal, Dr. F.A.L., P., Dr. P.G.L. y P.G.M., vocales, a fin de dictar sentencia en la presente causa N°

5190/5285/5310/5316/5350 seguida por los delitos de robo en poblado y en banda en grado de tentativa (c. 5190) en concurso real con robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa (c. 5285) en concurso material con robo simple en grado de tentativa (c.5310) en concurso real con robo simple (2 hechos) en concurso material con robo simple (c. 5350) contra F.O.F., D.N.

  1. 44.489.566, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el 15/11/1996 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hijo de O.F. e I.S.G., identificado mediante prontuario policial R.H. 308.343, con domicilio real en N.Á. 964, General R., Provincia de Buenos Aires; y por el delito de robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa (c. 5285) contra M.Á.S., D.N.

  2. 18.780.893, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el 3/4/1979 en la Provincia de Tucumán, hijo de M.Á. y Rosario del Valle, identificado mediante prontuario policial R.H.

    248.278 y legajo n° 2427873, con domicilio real en Ecuador 765 entre V. y Tucumán. Piso 3°, departamento 9, del Barrio de Once de esta ciudad, ambos con domicilio constituido junto a su defensora, Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: F.A.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.G.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.G.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: J.M.G. TORRES, SECRETARIO DE CAMARA #28120652#167600298#20161125125844353 Titular de la Defensoría Oficial ante los Tribunales Orales n° 15, en R.S.P. 1190, 6° piso, de esta ciudad.

    La presente causa n° 5190/5285/5310/5316/5350 tramitó en su etapa previa ante los Juzgados de Instrucción n° 21, Secretaría n°124, (Expte. 6368/2016) –C. 5190–; Juzgado de Instrucción n°35, Secretaría 120 (Expte.: 27866/2016); Juzgado de Instrucción n°19, S. n° 159 y Juzgado de Instrucción N°35, S.. n° 120 (E.. 33803) –C. 5310–; Juzgado de Instrucción n°35, Secretaría n° 120 (Expte.: 35.581/2016) –C. 5316–; Juzgado de Instrucción n° 15, Secretaría n° 146 (Expte.: 47.262/2016) –C. 5350–.

    Intervienen en el presente proceso la señora Defensora Pública Coadyuvante de la Defensoría Oficial n° 15, Dra. María José

    Fanego, y el señor F. General, Dr. C.E.G..

    Y CONSIDERANDO:

    I.R. fiscales de elevación a juicio.

    A.C. n° 5190.

    El señor agente fiscal, D.E.E.R., solicitó a fs.129/131 la elevación a juicio de esta causa, respecto de F.O.F. y sus compañeros en este hecho, imputándoles: “…el haber abordado mediante golpes de puño a S.M.A., el pasado 3 de febrero, en circunstancias en que caminaba por Av.

    Corrientes y L. de este medio, siendo aproximadamente las 1:30 hs., oportunidad en la que le sustrajeron el equipo celular marca LG, color blanco, modelo E465G de la empresa Movistar, el cual llevaba en el bolsillo de su pantalón, lo cual fue observado por personal policial que se encontraba en la zona, quien al dar la voz de alto, hizo cesar las agresiones que desplegaban y luego de ello, procedió a formalizar la detención de los encartados y al secuestro del equipo Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: F.A.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.G.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.G.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: J.M.G. TORRES, SECRETARIO DE CAMARA #28120652#167600298#20161125125844353 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 2 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6368/2016/TO1 celular de marras, el cual fue hallado en posesión de…(otro de los imputados)”.

    Consideró que F.O.F. debía responder como coautor del delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda en grado de tentativa (arts. 42, 45, 167, inciso 2°

    del Código Penal de la Nación).

    Causa n° 5285:

    Respecto de este episodio, el señor agente fiscal, Julio A.

    Roca, solicitó a fs. 270/273 la elevación a juicio de la presente causa, respecto de F.O.F. y M.Á.J.S. reseñando: “…que el pasado 10 de mayo de 2016, siendo aproximadamente las 11.20 horas, … intentaron apoderarse ilegítimamente de una bicicleta que se encontraba encadenada en la intersección de las calles San Luis y Boulogne Sur Mer de esta Ciudad.

    “Para ello, ejercieron fuerza mediante el uso de un caño haciendo palanca sobre el candado que esta tenía colocado, dañando el plato.

    En ese momento fueron sorprendidos por el Agente V.M. quien les dio la voz de alto, instante en el cual ambos se dieron a la fuga, siendo perseguidos y detenidos por el personal policial en la intersección de las calles Boulogne Sur Mer y V. de esta Ciudad.

    .

    El hecho referido fue calificado como constitutivo del delito de robo agravado por haber sido de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa y por el que se entendió que deberían responder en calidad de coautores (arts. 42, 45 y 167 inciso 4° en función del art. 163 inciso 6°, del Código Penal).

    Causa n° 5310:

    Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: F.A.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.G.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.G.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: J.M.G. TORRES, SECRETARIO DE CAMARA #28120652#167600298#20161125125844353 Para este hecho, el señor agente fiscal, Dr. Justo J.R., solicitó a fs. 375/378 la elevación a juicio de la presente causa, imputándole a F.O.F. que: “…con fecha 7 de junio de 2016, alrededor de las 00.50 horas, O.F.F. intentó apoderase ilegítimamente del estéreo correspondiente al vehículo marca Volkswagen, Modelo Gol, dominio EDN-337, perteneciente a T.E.F.A., tras violentar el parante de la puerta delantera derecha, mientras se encontraba estacionado sobre la calle Humahuaca 3424 de esta ciudad.

    “Dicha situación fue advertida al Departamento Federal de Emergencias de la P.F.A., quienes dieron aviso al A.P.A., numerario de la Seccional 9ª. de la P.F.A., quien se encontraba cumpliendo sus funciones en las inmediaciones.

    “Ante ello el nombrado A. se acercó al lugar donde observó a un hombre en el interior del rodado de mención violentando partes del torpedo con una tijera, quien tras advertir la presencia del preventor intentó darse a la fuga, siendo aprehendido en el lugar.

    Luego, frente a los testigos de actuación, se procedió a la formal detención de O.F.F. y al secuestro del rodado de marras y de los elementos habidos en su interior, consistentes en dos toberas de ventilación, un frente de estéreo, un panel plástico con teclas, una tijera y un llavero, así como también de un autoestéreo sin su frente y de un control remoto de autoestéreo habidos próximos al automóvil.

    .

    Calificó el hecho como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa, por lo que deberá responder a título de autor penalmente responsable (arts. 42, 45 y 164 del Código penal de la Nación).

    Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: F.A.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.G.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.G.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: J.M.G. TORRES, SECRETARIO DE CAMARA #28120652#167600298#20161125125844353 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 2 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6368/2016/TO1 Causa n° 5316:

    En esta oportunidad, el señor agente fiscal, Dr. Justo J.R., solicitó a fs. 501/504 la elevación a juicio de la presente causa, refiriendo: “(respecto del)…suceso acaecido el pasado 15 de junio de 2016, siendo aproximadamente las 00.00 horas, y que se le atribuyó a F.O.F., consistente en haber roto los vidrios delanteros del lado derecho de los vehículos “Peugeot 208” dominio MXB-852, utilizado por L.T., y “V.F.” dominio GDH-522, utilizando por P.S.S., los cuales se encontraban estacionados sobre la calle J.J. 585 de esta Ciudad, con el objeto de sustraer elementos de su...

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