Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 31 de Octubre de 2016, expediente CFP 002852/2011/TO01

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 2852/2011/TO1 T.O.C.F.N.° 2; Causa N° 2607 caratulada “LU, Gou Hua s/ inf. art.

201, en función del 200, del CP”

Reg. Interlocutorio N°

Buenos Aires, 31 de octubre de 2016.

AUTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2, en la presente causa nro. 2607, caratulada “LU, Gou Hua s/ inf. art. 201, en función del 200, del CP”, del registro de esta sede judicial.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.Q., el día 21 de septiembre de 2016, se recibió la presente causa, proveniente del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5, Secretaría nro. 9, de esta ciudad, donde tramitó bajo el número de sumario 2852/2011 (conf. fs. 276).

  1. Que el Sr. Agente F. a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 1 -Dr. J.F.D.L.-, requirió la elevación a juicio en los presentes actuados en relación a G.H.L., imputándole “la tenencia y exhibición para su comercialización de productos medicinales no reconocidos por sus responsables comerciales y que tampoco cuentan con certificado habilitante de la Administración Nacional de Alimentos y Tecnología Médica de nuestro país”.

    El hecho descripto fue calificado en aquella oportunidad como constitutivo del delito de vender, poner en venta o almacenar con fines de comercialización, sustancias medicinales peligrosas para la Fecha de firma: 31/10/2016 Alta en sistema: 03/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.B., SECRETARIO DE CAMARA #28895830#165742849#20161031143331467 salud -tipificado en el art. 201, en función del 200, del CP-, en calidad de autora, -art. 45 del CPN- (conf. fs. 269/72).

  2. Previo a introducirnos al tratamiento de la cuestión sujeta a estudio, encontramos adecuado destacar que, durante la etapa instructoria, la Sala VI de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional se expidió en relación al conflicto de competencia suscitados entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nro.

    12 y su par Federal nro. 5, ambos de esta ciudad, asignando a ésta última judicatura la competencia para entender en la presente pesquisa.

    Sobre este punto, no podemos pasar por alto que, en ese momento, la investigación gravitaba en torno a la figura penal prevista y reprimida en el art. 204 quinque del CP.

    Sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR