Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Octubre de 2016, expediente CCC 012356/2016/TO01
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.
CCC 12356/2016/TO1.
nos Aires, 6 de octubre de 2016.
Y VISTOS:
Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N°
22, D.. Ángel G. y S. Paduczak, como vocales, y Dra.
P. Elisa Cusmanich, en su carácter de P., en presencia de la
Secretaria, Dra. C., para dictar sentencia en la causa N° 4895
(12.356/16), elevada a juicio por el delito de robo agravado por haber sido
cometido mediante arma de fuego, en concurso ideal con abuso de arma de
fuego, a M., DNI n°
40.950.513, de nacionalidad Argentina, nacido el 18 de enero de 1998 en
Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, hijo de E. de M. y de
B., legajo de la P.F.A. RH 308.517 y del Registro Nacional
de Reincidencia N° 3.871.287, con último domicilio en la calle L. 2840,
edificio 5, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y actualmente detenido en el
Módulo V del Complejo Penitenciario Federal n° II de Marcos Paz; y
domicilio constituido en la Av. R. 1190, piso 4, de esta ciudad.
Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público
Fiscal, el Dr. M. y en la defensa del procesado, el
titular de la Defensoría Oficial N° 12, Dr. R..
RESULTA:
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Requerimiento
Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al
requerimiento de elevación a juicio de fs. 101/103, en el que se tuvo por
acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el siguiente hecho:
El haberse apoderado ilegítimamente y mediante el uso de un
arma de fuego, del rodado marca Peugeot, modelo 307, dominio FNP4’5,
color blanco, propiedad de V., como así también de diversos
Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 efectos personales de D. L. E. P. y Franco Brian Rudy
Sánchez, suceso ocurrido el 1 de marzo de 2016, alrededor de las 20.30hs, en
la calle Condor n° 2747 de esta Ciudad.
En efecto, en el día y hora mencionadas, el encartado se acercó
al vehiculo descripto, el cual se hallaba estacionadlo en la arteria referida,
encontrándose a bordo del mismo – del lado del acompañante el Sr. Franco
Brian Sánchez, a quien apuntó con un arma de fuego y lo obligó a descender,
momento en el que le sustrajo su billetera, la cual contenía un Documento
Nacional de Identidad n° 93.962.895 y una licencia de conducir, ambas a su
nombre, una cédula verde correspondiente al dominio QTQ115, cien dólares y
diez pesos en efectivo.
Acto seguido, se acercó al lugar D.,
conductor del vehículo allí estacionado, a quien el encartad no lo permitió
arrimarse más que unos pocos metros, debido a que lo apuntó en todo
momento con el arma de fuego que tenía en su poder, y le exigió la entrega de
sus pertenencias, tratándose de una billetera que tenía en su interior un
Documento Nacional de Identidad n° 36.531.811, una licencia de conducir, una
tarjeta de debito del Banco Francés, una tarjeta de debito del Banco
Hipotecario, todo a su nombre y un celular marca Samsung, momento en el
que también le requirió las llaves de dicho rodado, frente a lo que la victima le
respondió que no las poseía en su poder. Ante ello, el imputado notó que estas
se encontraban puestas y que el auto estaba en marcha, motivo por el cual se
subió y se dio a la fuga a bordo de aquél por la calle Condor de esta Ciudad.
Dicho accionar fue anoticiado al A.,
de la seccional n° 36 de la P.F.A., quien se encontraba a cargo del móvil 136
de Gendarmería Nacional Argentina, por parte del conductor de un vehículo
marca Volkswagen, modelo Gol, que circulaba por allí, quien lo interiorizó de
que el rodado que se encontraba a dos autos delante de ellos, había sido
sustraído instantes antes.
Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.
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En consecuencia, el Gendarme se acercó al automóvil dominio
FNP408 con la sirena y balizas reglamentarias, pero el conductor no se
detuvo y aceleró, transitando por el carril del metrobus en dirección a la calle
L., por lo que se inició una persecución, que culminó al llegar a la altura
catastral n° 3400 de dicha arteria, momento en el que el imputado intentó
ingresar al playón de la playa d estacionamiento del Complejo Habitacional de
V., donde se trabó el auto en una especie de rampa, por lo que no
pudo continuar.
Que al descender, el encausado apuntó con el arma de fuego al
personal policial interviniente y efectuó dos disparos, los cuales fueron
respondidos por el Alférez Moreno con su arma reglamentaria, ocasión en la
que el encartado intentó darse a la fuga a pie y a tal fin, arrojo varios
elementos que lleva consigo al otro lado de la reja, los cuales fueron tomados
por un grupo de jóvenes que se encontraban en el lugar, hasta llegar a una
motocicleta que allí lo esperaba, con un sujeto abordo, el cual no pudo ser
identificado, pero tal circunstancia fue impedida por el Cabo Primero Olivera,
quien acompañaba al A., el cual logró la formal detención de
quien dijo ser y llamarse M. de M., por lo que
se procedió a incautar el automóvil antes mencionado, junto con dos billeteras,
una negra sin elementos en su interior y otra marrón con el DNI n° 36.531.811,
una licencia de conducir, dos tarjetas de debito, una del Banco Francés y Otra
del Banco Hipotecariotodo a nombre de D. L. E. P. un
teléfono celular marca Samsung, de color blanco con una tarjeta SIM de la
firma Personal, quince pesos en efectivo y un encendedor con la inscripción de
Marboro
.
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Indagatoria
Concedida la palabra al imputado M. N. L. de
M., éste hizo uso de su derecho a negarse a declarar. Posteriormente el
imputado solicitó ampliar su declaración, oportunidad en la que manifestó: “al
Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 auto no me lo robé, ni jamás le he robado a nadie. Y Jamás dispare a nadie, el
auto me lo dio un amigo del barrio, para que lo lleve hasta la villa, dos
minutos antes de que aparezca la gendarmería,
Yo se manejar y me gustan los autos. Mi amigo no sabia
manejar muy bien, y yo de terco fui porque me gustaban los autos, cuando me
subo al auto y quiero prenderlo pasa una camioneta de gendarmería, me
agache para que no me vea, se frenó mas adelante, me di cuenta que era para
el auto y baje corriendo del auto y la gendarmería me efectuó un par de
disparos, que rompieron la campera, que tengo de pertenencia.
Corrí y cuando subo salgo atrás de la escuela 17 el gendarme
que me estaba corriendo se estaba comunicando. Al costado de la escuela,
sale la camioneta, hay una mini callecita, entra una camioneta de
gendarmería, me salio adelante, bajó y me apunto con el arma.
A todo esto, yo tengo a mi cuñada de testigo y eso, antes de
que pase todo esto, estaba con mi cuñada e íbamos a ir al hospital a ver a mi
mama, yo tenia 900 pesos y mi celular, y mi documento que nunca
aparecieron, tenia un G. s 5 que era mió . Me dejo los 900 pesos que me
secuestraron en la unidad n° 28.”
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Testigos 1) Alférez Martín Elías Moreno
Relató que ese día, en el marco del operativo cinturón sur,
móvil 136, estaba patrullando, cerca de R., intersección Pompeya.
Refirió que “estamos parados en el semáforo, cuando un
transeúnte en su vehiculo se nos pone al lado y nos dice que un Peugeot 307
blanco que estaba junto a nosotros, a dos autos adelante, había sido robado y
que la persona que había robado era el que estaba conduciendo.
Por eso, evadimos los vehículos de adelante y tratamos de
realizar la detención e identificación de esta persona, poniendo las balizas y
sirenas del patrullero.
Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.
CCC 12356/2016/TO1.
Que entonces el conductor, hace una maniobra de evasión y
comienza a circular por lo que es el carril de metrobus. Ahí hacemos varias
maniobras mientras él, casi chocando a los transeúntes que circulaban por la
senda, y siempre por R. con la intersección de L., ingresa por
L., posterior de C., a 50 m a un playón de estacionamiento.
El vehículo trata de ingresar por ese playón y queda parado en
un montículo de tierra.
Agrega que en ese instante, desciende un masculino, que se
dirige a la parte posterior del vehiculo y desde ese lugar efectúa un disparo.
Que esa persona, era el que conducía.
Lo vi bajar del auto, quedó parado el vehiculo, desciende, y se
coloca cerca del baúl y desde allí efectúa un disparo. Fue, ahí que repelí la
agresión usando mi pistola de dotación individual.
Posterior a esto, y ya encontrándonos en la zona del Complejo
habitacional S., empezamos una persecución de infantería.
Entonces lo corrimos casi 600 metros , y en lo que es una
plazoleta entre C. y M. A., con el cabo Primero Olivera,
integrante del móvil, pudimos aprehender a esta persona.
Nosotros estábamos a pie. Íbamos nosotros dos con O.,
porque el conductor quedó en el patrullero. Lo detuvimos en una plazoleta
que esta en Corrales y M..
En ese ínterin, el masculino, se descartó de varios elementos,
en un edificio que esta todo cercado.
Como tenemos comunicación interna en el marco del
operativo, acudimos rápidamente...
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