Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Octubre de 2016, expediente CCC 012356/2016/TO01

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.

CCC 12356/2016/TO1.

nos Aires, 6 de octubre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N°

22, D.. Ángel G. y S. Paduczak, como vocales, y Dra.

P. Elisa Cusmanich, en su carácter de P., en presencia de la

Secretaria, Dra. C., para dictar sentencia en la causa N° 4895

(12.356/16), elevada a juicio por el delito de robo agravado por haber sido

cometido mediante arma de fuego, en concurso ideal con abuso de arma de

fuego, a M., DNI n°

40.950.513, de nacionalidad Argentina, nacido el 18 de enero de 1998 en

Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, hijo de E. de M. y de

B., legajo de la P.F.A. RH 308.517 y del Registro Nacional

de Reincidencia N° 3.871.287, con último domicilio en la calle L. 2840,

edificio 5, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y actualmente detenido en el

Módulo V del Complejo Penitenciario Federal n° II de Marcos Paz; y

domicilio constituido en la Av. R. 1190, piso 4, de esta ciudad.

Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público

Fiscal, el Dr. M. y en la defensa del procesado, el

titular de la Defensoría Oficial N° 12, Dr. R..

RESULTA:

  1. Requerimiento

    Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al

    requerimiento de elevación a juicio de fs. 101/103, en el que se tuvo por

    acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el siguiente hecho:

    El haberse apoderado ilegítimamente y mediante el uso de un

    arma de fuego, del rodado marca Peugeot, modelo 307, dominio FNP4’5,

    color blanco, propiedad de V., como así también de diversos

    Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 efectos personales de D. L. E. P. y Franco Brian Rudy

    Sánchez, suceso ocurrido el 1 de marzo de 2016, alrededor de las 20.30hs, en

    la calle Condor n° 2747 de esta Ciudad.

    En efecto, en el día y hora mencionadas, el encartado se acercó

    al vehiculo descripto, el cual se hallaba estacionadlo en la arteria referida,

    encontrándose a bordo del mismo – del lado del acompañante el Sr. Franco

    Brian Sánchez, a quien apuntó con un arma de fuego y lo obligó a descender,

    momento en el que le sustrajo su billetera, la cual contenía un Documento

    Nacional de Identidad n° 93.962.895 y una licencia de conducir, ambas a su

    nombre, una cédula verde correspondiente al dominio QTQ115, cien dólares y

    diez pesos en efectivo.

    Acto seguido, se acercó al lugar D.,

    conductor del vehículo allí estacionado, a quien el encartad no lo permitió

    arrimarse más que unos pocos metros, debido a que lo apuntó en todo

    momento con el arma de fuego que tenía en su poder, y le exigió la entrega de

    sus pertenencias, tratándose de una billetera que tenía en su interior un

    Documento Nacional de Identidad n° 36.531.811, una licencia de conducir, una

    tarjeta de debito del Banco Francés, una tarjeta de debito del Banco

    Hipotecario, todo a su nombre y un celular marca Samsung, momento en el

    que también le requirió las llaves de dicho rodado, frente a lo que la victima le

    respondió que no las poseía en su poder. Ante ello, el imputado notó que estas

    se encontraban puestas y que el auto estaba en marcha, motivo por el cual se

    subió y se dio a la fuga a bordo de aquél por la calle Condor de esta Ciudad.

    Dicho accionar fue anoticiado al A.,

    de la seccional n° 36 de la P.F.A., quien se encontraba a cargo del móvil 136

    de Gendarmería Nacional Argentina, por parte del conductor de un vehículo

    marca Volkswagen, modelo Gol, que circulaba por allí, quien lo interiorizó de

    que el rodado que se encontraba a dos autos delante de ellos, había sido

    sustraído instantes antes.

    Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.

    CCC 12356/2016/TO1.

    En consecuencia, el Gendarme se acercó al automóvil dominio

    FNP408 con la sirena y balizas reglamentarias, pero el conductor no se

    detuvo y aceleró, transitando por el carril del metrobus en dirección a la calle

    L., por lo que se inició una persecución, que culminó al llegar a la altura

    catastral n° 3400 de dicha arteria, momento en el que el imputado intentó

    ingresar al playón de la playa d estacionamiento del Complejo Habitacional de

    V., donde se trabó el auto en una especie de rampa, por lo que no

    pudo continuar.

    Que al descender, el encausado apuntó con el arma de fuego al

    personal policial interviniente y efectuó dos disparos, los cuales fueron

    respondidos por el Alférez Moreno con su arma reglamentaria, ocasión en la

    que el encartado intentó darse a la fuga a pie y a tal fin, arrojo varios

    elementos que lleva consigo al otro lado de la reja, los cuales fueron tomados

    por un grupo de jóvenes que se encontraban en el lugar, hasta llegar a una

    motocicleta que allí lo esperaba, con un sujeto abordo, el cual no pudo ser

    identificado, pero tal circunstancia fue impedida por el Cabo Primero Olivera,

    quien acompañaba al A., el cual logró la formal detención de

    quien dijo ser y llamarse M. de M., por lo que

    se procedió a incautar el automóvil antes mencionado, junto con dos billeteras,

    una negra sin elementos en su interior y otra marrón con el DNI n° 36.531.811,

    una licencia de conducir, dos tarjetas de debito, una del Banco Francés y Otra

    del Banco Hipotecariotodo a nombre de D. L. E. P. un

    teléfono celular marca Samsung, de color blanco con una tarjeta SIM de la

    firma Personal, quince pesos en efectivo y un encendedor con la inscripción de

    Marboro

    .

  2. Indagatoria

    Concedida la palabra al imputado M. N. L. de

    M., éste hizo uso de su derecho a negarse a declarar. Posteriormente el

    imputado solicitó ampliar su declaración, oportunidad en la que manifestó: “al

    Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 auto no me lo robé, ni jamás le he robado a nadie. Y Jamás dispare a nadie, el

    auto me lo dio un amigo del barrio, para que lo lleve hasta la villa, dos

    minutos antes de que aparezca la gendarmería,

    Yo se manejar y me gustan los autos. Mi amigo no sabia

    manejar muy bien, y yo de terco fui porque me gustaban los autos, cuando me

    subo al auto y quiero prenderlo pasa una camioneta de gendarmería, me

    agache para que no me vea, se frenó mas adelante, me di cuenta que era para

    el auto y baje corriendo del auto y la gendarmería me efectuó un par de

    disparos, que rompieron la campera, que tengo de pertenencia.

    Corrí y cuando subo salgo atrás de la escuela 17 el gendarme

    que me estaba corriendo se estaba comunicando. Al costado de la escuela,

    sale la camioneta, hay una mini callecita, entra una camioneta de

    gendarmería, me salio adelante, bajó y me apunto con el arma.

    A todo esto, yo tengo a mi cuñada de testigo y eso, antes de

    que pase todo esto, estaba con mi cuñada e íbamos a ir al hospital a ver a mi

    mama, yo tenia 900 pesos y mi celular, y mi documento que nunca

    aparecieron, tenia un G. s 5 que era mió . Me dejo los 900 pesos que me

    secuestraron en la unidad n° 28.”

  3. Testigos 1) Alférez Martín Elías Moreno

    Relató que ese día, en el marco del operativo cinturón sur,

    móvil 136, estaba patrullando, cerca de R., intersección Pompeya.

    Refirió que “estamos parados en el semáforo, cuando un

    transeúnte en su vehiculo se nos pone al lado y nos dice que un Peugeot 307

    blanco que estaba junto a nosotros, a dos autos adelante, había sido robado y

    que la persona que había robado era el que estaba conduciendo.

    Por eso, evadimos los vehículos de adelante y tratamos de

    realizar la detención e identificación de esta persona, poniendo las balizas y

    sirenas del patrullero.

    Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28312804#163660292#20161006083239916 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL.

    CCC 12356/2016/TO1.

    Que entonces el conductor, hace una maniobra de evasión y

    comienza a circular por lo que es el carril de metrobus. Ahí hacemos varias

    maniobras mientras él, casi chocando a los transeúntes que circulaban por la

    senda, y siempre por R. con la intersección de L., ingresa por

    L., posterior de C., a 50 m a un playón de estacionamiento.

    El vehículo trata de ingresar por ese playón y queda parado en

    un montículo de tierra.

    Agrega que en ese instante, desciende un masculino, que se

    dirige a la parte posterior del vehiculo y desde ese lugar efectúa un disparo.

    Que esa persona, era el que conducía.

    Lo vi bajar del auto, quedó parado el vehiculo, desciende, y se

    coloca cerca del baúl y desde allí efectúa un disparo. Fue, ahí que repelí la

    agresión usando mi pistola de dotación individual.

    Posterior a esto, y ya encontrándonos en la zona del Complejo

    habitacional S., empezamos una persecución de infantería.

    Entonces lo corrimos casi 600 metros , y en lo que es una

    plazoleta entre C. y M. A., con el cabo Primero Olivera,

    integrante del móvil, pudimos aprehender a esta persona.

    Nosotros estábamos a pie. Íbamos nosotros dos con O.,

    porque el conductor quedó en el patrullero. Lo detuvimos en una plazoleta

    que esta en Corrales y M..

    En ese ínterin, el masculino, se descartó de varios elementos,

    en un edificio que esta todo cercado.

    Como tenemos comunicación interna en el marco del

    operativo, acudimos rápidamente...

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