Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 5 de Septiembre de 2016, expediente FCT 012000484/2004/TO01

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

Corrientes, 05 de septiembre de 2016 Y VISTO Que vienen estos autos a consideración del Tribunal como consecuencia del planteo formalizado a fs.1999 por el Defensor Oficial, E.M.D.T., se realice una junta médica respecto a su defendido Sra. G.N.G. con la presencia del Cuerpo de Peritos de la CSJN, del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, o, en subsidio, se realice una nueva junta médica integrada por tres profesionales de la salud mental donde participe la Dra. M.. Que a fs. 2002/2003 obra el dictamen del representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. C.A.S., quien se pronunció por el rechazo del pedido formulado por la defensa. Que a fs.2011/vta. nuevamente el Defensor Oficial instó a la realización de una nueva junta médica interdisciplinaria en la que intervengan profesionales de la Policía, del Poder Judicial y del Hospital de Salud Mental “San Francisco de Asís”.

Y CONSIDERANDO que a fs.1984 se ha fijado audiencia de debate para el día 22 de septiembre del corriente año, y en vistas a los informes contradictorios que obran en la causa respecto al estado de salud mental de la imputada (obrante a fs.1944/1945 y fs.1996), y siendo que en el informe practicado por la D.M.. L.F. –Directora Asistencial del Hospital de Salud Mental “San Francisco de Asís” de fs.1996 no ha intervenido la doctora L.M.M., profesional propuesta por la defensa, tal fuera establecido por este Tribunal a fs.1975, es que corresponde y así RESOLVEMOS: 1º) SOLICITAR al Director del Hospital de Salud Mental de la ciudad de Corrientes la realización de una junta médica interdisciplinaria, designando a sus efectos personal médico psiquiatra y psicólogo, para determinar el actual estado de salud de la señora G., en especial si puede prestar declaración indagatoria y participar en las Audiencias de Debate del Juicio Oral en esta ciudad. A fin de garantizar la imparcialidad del dictamen a realizarse, la designación deberá recaer en profesionales de la salud que no hayan participado con anterioridad en estos autos.- 2º) HACER SABER a las partes que podrán proponer, a su costa, un (01) perito legalmente habilitado de cada especialidad –un psiquiatra y un psicólogo- dentro de los tres días (03) de notificado de...

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