Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Mayo de 2016, expediente CCC 076086/2014/TO01
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 76086/2014/TO1 nos Aires, 11 de mayo de 2016.
VISTAS:
Las Causas n° 4231/4239/4311 y 4556 seguidas a G. (
argentino, nacido el 30 de noviembre de 1990, en la localidad de Valentín Alsina,
Provincia de Buenos Aires, hijo de M. y de C. de G.,
soltero, estudios secundarios incompletos, peón de carga y descarga, con
domicilio sobre la calle A. – ex General R. 1617 de la localidad de
Lanús Este, Pcia. de Buenos Aires; P. en la Policía Federal Argentina
R.H. 296.509; DNI 35.760.751; Registro Nacional de Reincidencia trámite
02365291), en orden a los delitos de robo simple en grado de tentativa, reiterado
en cuatro oportunidades; robo simple, robo agravado por haber sido cometido en
poblado y en banda en dos oportunidades, uno de ellos en grado de tentativa.
Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal General, Dr. G. de la
Fuente y la Sra. Defensora Oficial Dra. C..
A fin de dictar sentencia se reúnen los Sres. Jueces, Dra. Patricia M.
Llerena, en calidad de P. de debate, y la Vocal, Dra. M. Yungano,
con la asistencia del Sr. Secretario, Dr. M..
RESULTA:
-
Por requisitoria de fs. 91/93 de la causa n° 4311, la Sra. Fiscal ante la
Instrucción imputó al nombrado G. el hecho que describió y al que calificó
como robo simple en grado de tentativa, en calidad de autor (arts. 42; 45 y 164 del
C. Penal).
En forma paralela, por requerimiento de elevación a juicio de fs. 157/161
de la Causa n° 4239, el Sr. Fiscal ante la Instrucción imputó a G. de los tres
hechos que describió y a los que calificó como robo simple tentado – dos hechos
y robo simple, todos en concurso real entre sí, en calidad de autor respecto del
Fecha de firma: 11/05/2016 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24724497#153055861#20160511105843925 hecho que individualizó como I y de coautor respecto de los otros dos (arts. 42;
45; 55 y 164 del C. Penal).
A fs. 138/140 de la Causa n° 4231, obra requisitoria fiscal por la que se
imputó a G. de los dos hechos que se describieron en dicha pieza procesal y
que fueron calificados como robo agravado por haber sido cometido en poblado y
en banda, el segundo de ellos en grado de tentativa, en concurso real, y en calidad
de coautor (arts. 42; 45; 55; 167, inciso 2° del Código Penal)
Por último, por requisitoria de elevación a juicio de fs. 89/92 de la causa
n° 4556, el Sr. Fiscal actuante ante la Instrucción, imputó al nombrado el hecho
que se transcribió, y al que calificó como robo simple en grado de tentativa, en
calidad de autor (arts. 42; 45 y 164 del Código Penal).
-
A fs. 118 de la causa n° 4556 obra la propuesta de juicio abreviado
presentada por el Sr. Fiscal General, Dr. G. de la Fuente, en donde
solicitó que se le imponga a G. la pena de tres (3) años de
prisión, y costas, en orden a los delitos de robo simple en grado de tentativa,
reiterado en tres ocasiones, como autor, y como coautor de los delitos de robo en
grado de tentativa, robo simple, robo agravado por haber sido cometido en
poblado y en banda, dos hechos, uno de ellos en grado de tentativa, todos en
concurso real entre sí ( conforme los arts. 29,inciso 3°; 42; 44; 45; 55; 76 ter,
sexto párrafo; 164; 167, inciso 2° del Código Penal).
-
A fs. 119 de la misma causa, obra la constancia de la audiencia
llevada a cabo, de conformidad con lo establecido por el art. 41 del Código Penal,
expresando G. conocer y entender las consecuencias de la
aceptación del acuerdo firmado, así como que tuvo el debido asesoramiento legal.
-
A fs. 120 se llamó a autos para sentencia.
Y CONSIDERANDO:
Fecha de firma: 11/05/2016 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24724497#153055861#20160511105843925 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 76086/2014/TO1 La Sra. Jueza P. dijo:
Causa n° 4231:
Hecho I)
Con los elementos de prueba que menciono de seguido tengo por
acreditado que el 24 de enero de 2013, aproximadamente a las 11,40 horas, sobre
la calle S. de B. 148 de esta ciudad, G., junto
con otros dos hombres – uno de ello no habido y el otro condenado por otro
tribunal, intentó apoderarse de objetos que pudieran encontrarse en el interior
del vehículo marca Chevrolet, modelo Astra, dominio EBJ709 propiedad de
H., que se encontraba estacionado en el lugar. Que para ello,
rompió el vidrio de la puerta delantera derecha y revisaron su interior, pero se
retiró sin llevarse ningún elemento.
Hecho II)
Asimismo tengo por acreditado que el mismo día, a las 11,45 horas
aproximadamente, G., siempre junto a otras dos personas, sobre la calle Juan
Domingo perón al 3411 de esta ciudad, se apoderó en forma ilegítima del estéreo
original del vehículo marca Volswagen, modelo F., dominio KSZ017 y de unos
anteojos marca RayBan, elementos que se encontraban en el interio del vehículo
indicado propiedad de V. A. F.. Para ello, rompieron el
vidrio de la puerta delantera derecha, lo que fue advertido por un transeúnte,
quien avisó a personal policial, quien se acercó, lo que motivó que los
perpetradores se dieran a la fuga, pudiendo detener a dos de ellos, uno de los
cuales era G., recuperando el estéreo mas no el par de anteojos.
Las pruebas que avalan el hecho están constituidas por:
A fs. 1/2 el C. quien refirió la forma en que se
Fecha de firma: 11/05/2016 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24724497#153055861#20160511105843925 enteró que tres hombres quienes estaban cerca del rodado VW Fox, dominio KSZ
017 estaban robando, que por ello se acercó y las personas al verlo salieron a la
carrera por S. de B. hacia D., por lo que los persiguió,
primero con el móvil y luego a pie, perdiéndolos de vista cuando doblaron por
B. y Rivadavia, para ver...
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