Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 29 de Junio de 2016, expediente CCC 042961/2012/TO01

Fecha de Resolución29 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 42961/2012/TO1 la Ciudad de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil dieciséis, a las 11.35 horas, se constituyeron en la sala de audiencias los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal n° 22 de la Capital Federal, S.P. -quien presidió la audiencia-, G.N. y P.C., y la suscripta, a fin de llevar a cabo el debate oral y público en esta causa n°4776 , seguida a L.J.L. y E.F.C. por vejaciones ilegales, agravadas por haber resultado un daño grave a la salud del damnificado. Se encontraban presentes el fiscal M.M.B., el defensor particular Dr.

F.M.Á.T., los imputados y los testigos G.A., C.R.C., J.F.B. y N.S., quienes se encontraban en la antesala del Tribunal, y a quienes se les solicitó no entablara conversación entre ellos. A continuación, el presidente advirtió a los imputados que estuviesen atentos a lo que iban a escuchar, y les hizo saber que durante el juicio podrían dialogar con su abogado, salvo cuando fuesen interrogados, que en cualquier momento podrían solicitar la palabra para formular las declaraciones que estimasen oportunas, y que tenían derecho a permanecer en la antesala del tribunal durante la realización del juicio, quedando representado por su defensor, salvo cuando fuese necesaria su presencia. Acto seguido, dispuso la lectura del requerimiento de elevación a juicio fiscal, de fs. 277/81. Una vez finalizada, se declaró abierto el debate y las partes no plantearon cuestiones preliminares. A continuación, el presidente explicó a los imputados que habían tenido la oportunidad de escuchar el delito que se les atribuía, que se les recibiría declaración indagatoria -que es un acto de defensa- advirtiéndoseles que el debate continuaría aun cuando no declarasen; que podían negarse a hacerlo, sin que ello implicase Fecha de firma: 29/06/2016 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.I.L., SECRETARIA DE CAMARA #27590713#156734625#20160629154838143 presunción alguna en su contra y que si no se oponían, se los invitaría a manifestar cuanto creyeran conveniente, en descargo o aclaración de los hechos que se le imputaba. Preguntados los imputados si iban a declarar, su defensa manifestó que se iban a remitir a lo declarado en instrucción y solicitó sea incorporado por lectura...

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