Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 24 de Diciembre de 2019, expediente FLP 080247/2019

Fecha de Resolución24 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 80247/2019 Plata, 24 de diciembre de 2019, siendo las 12.40 horas.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en el presente expediente n° FLP 80247/2019 caratulado: “T., J.

  1. sobre H.C., procedente del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de Lomas de Zamora; Y CONSIDERANDO:

  2. Llegan las actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud de la elevación en consulta efectuada por el señor juez de primera instancia a fojas 6 y vta. en tanto decide rechazar la denuncia de habeas corpus formulada por la interna J.I., alojada en el Complejo Penitenciario Federal Nº IV de Ezeiza del Servicio Penitenciario Federal, por no mediar agravamiento ilegítimo de las condiciones en que cumple su detención (artículos 3, inciso 2 -a contrario sensu- y 10, párrafo primero, de la Ley Nº 23.098); y remitir fotocopias de dicha decisión al juzgado y/o Tribunal a cuya disposición se encuentra anotada la nombrada interna (artículos y 4º, inciso a) de la Ley Nº 24.660).

  3. El expediente se inicia a partir de la presentación efectuada por la interna J.

  4. T., alojada en el Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres de Ezeiza, contra el J. de Trabajo mediante la cual expone en lo sustancial que pretende un cambio de tareas (v.

    fs. 1).

    En el informe producido por el departamento de trabajo se plasma que inició sus tareas laborales el 9 de enero de 2019 en el Taller Armado de Bolsas, efectuándose varios cambios de tareas: el 31 de enero de 2019 a la F. de Acceso, el 24 de junio del 2019 a la F. de Gimnasio y finalmente el 25 de octubre de 2019 a Residuos del Módulo Residencial III, lugar en el cual se desempeña en la actualidad. Asimismo se expone que fue atendida en audiencia por personal de ese departamento manifestando su deseo de realizar un cambio de tareas a los Talleres Productivos o F. y se le comunicó que no había cupos disponibles (v. fs. 3).

    Fecha de firma: 24/12/2019 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.D.R.D., SECRETARIA #34497238#253399625#20191224131306309

  5. El juez de la instancia anterior rechaza la presente acción por considerar que el tema traído a conocimiento de ese Tribunal no resulta materia de habeas corpus, ya que no se advierte, en el caso, un agravamiento ilegítimo de las condiciones en que la amparista cumple la privación de la libertad.

    No obstante, dispone remitir copia de dicha decisión, una vez firme...

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