Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 21 de Febrero de 2019, expediente FCT 000699/2019/CA001

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 699/2019/CA1

Corrientes, veintiuno de febrero de dos mil diecinueve.

Visto: las actuaciones en autos “P.: R., Dario Abel

S/Habeas Corpus”, Expte. Nº FCT 699/2019 del registro de este Tribunal,

provenientes del Juzgado Federal de Paso de los Libres.

Considerando:

Que estos obrados arriban a esta Alzada conforme el segundo párrafo del

art. 10 de la ley 23.098 en virtud de que el J. a quo desestimó la acción de

H.C. colectivo, que fuera promovida por D.A.R. en favor

de A.B., Isabela Ramos L., D.E.O., C.

Orduña, M.A.B., N.A.V..

En tal presentación señala afectaciones a sus derechos constitucionales y

torturas psicológicas en base a que los mismos se encuentran detenidos de manera

injusta, pues a su modo de ver la privación de la libertad obedece a un orden

político, jurídico comercial de despojo de los bienes de M.A.B..

Asimismo refiere que formuló denuncia contra los supuestos responsables por tal

motivo.

Manifiesta además que al nombrado B. el personal penitenciario le

negó toda posibilidad de ser atendido por otros letrados, donde el ayudante

principal D.J. de Legales, expresó que la autoridad judicial era él y por

ello nadie le permitiría el ingreso de nota alguna al detenido B.. Además

solicita que se investigue al Prefecto L.G. a cargo de la Alcaidía sobre

los hechos hostiles a esa defensa. Respecto a L. expresa que no existía

escuchas ni pedido de detención en su contra. En relación a Nazario Antonio

Villasante expresa que fue víctima de una trampa de la organización de esta juez

que fabrica causas contra inocentes con fines económicos. En relación a Martín

Ignacio Regidor no se informa sobre la actividad ilícita de la persona, que se

dedica a la desforestación con máquinas propias, oficinas de remís con los turistas

en los horarios que le quedan libres.

Respecto de R.N.S., afirma que es otra de las injusticias de

los abusos de poder que tienen en los actos jurídicos llevados adelantes por orden

de esta juez, esta persona es ama de casa sin pedido de captura ni participación en

ninguna de las actividades consideradas por los investigadores. Por último afirma

que existe una organización dedicada a la fabricación de delitos contra personas

inocentes con finalidad económicas en favor de personas, sin escrúpulos que

introducen nombres y acusan sin poder acreditar a la fecha que probaron de

ventas y comercialización de estupefacientes, solicita que se extraiga copias de

Fecha de...

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