Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 7 de Junio de 2021, expediente FSM 038472/2020/CA001

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° 8719 - FSM 38472/2020/CA1

PRESENTANTE: MARTÍNEZ ROJAS, J.M. Y OTRO s/HABEAS CORPUS

Reg. N°: 9460

S.M., de junio de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega el legajo a estudio del Tribunal, con motivo del recurso de apelación interpuesto por el detenido J.M.M.R. y su Defensa Oficial, contra el auto que rechazó la acción de habeas corpus interpuesta (Art. 3 de la ley 23.098).

    En la instancia, el defensor sostuvo la impugnación deducida.

  2. Se agravia, en primer lugar, por entender que deben sortearse los obstáculos para que el nombrado acceda a su derecho a educarse intramuros, siendo que el Servicio Penitenciario Federal alegó que inscribió al interno en el nivel primario por no haber presentado la documentación pertinente, pero no acreditó las gestiones realizadas para superar ese inconveniente.

    En segundo lugar, se agravia al considerar que la demora que entiende injustificada en el alta laboral, se traduce en un impedimento para acceder a un trabajo, razón Fecha de firma: 07/06/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8719 - FSM 38472/2020/CA1

    PRESENTANTE: MARTÍNEZ ROJAS, J.M. Y OTRO s/HABEAS CORPUS

    Reg. N°: 9460

    por la que se agravan las condiciones de detención de su pupilo.

    Desde otra senda, refiere que la reducción del período y regularidad con la que se cumplen las video-llamadas, afecta el vínculo del interno con sus familiares,

    atentando ello contra el fin de resocialización y el principio de intrascendencia de la pena.

    Y, por último, la Defensa Oficial estima justificado el reclamo de M.R. respecto de los elementos retenidos en el pañol, destacando que la entrega de una parte de los mismos no implicaría —a su entender—

    contrariar los reglamentos internos de la unidad carcelaria.

  3. Los antecedentes del sumario informan que el nombrado —alojado en el Complejo Penitenciario Federal II de M.P. a disposición del Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 2— denunció un agravamiento ilegítimo en las condiciones de su detención,

    sustentado en los siguientes extremos que consideró verificados en la especie y por los que dijo sentirse víctima de una persecución Fecha de firma: 07/06/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8719 - FSM 38472/2020/CA1

    PRESENTANTE: MARTÍNEZ ROJAS, J.M. Y OTRO s/HABEAS CORPUS

    Reg. N°: 9460

    por parte del Servicio Penitenciario Federal a raíz de denuncias efectuadas contra sus autoridades. A saber: a) se le prohíbe estudiar y trabajar; b) el tiempo actual de video-

    llamadas con su familia dista de los 30 minutos semanales que solía tener en su anterior alojamiento, contando actualmente con 7 minutos cada diez días; y c) la retención indebida de elementos personales enviados por sus familiares mediante encomienda, en el pañol de su actual módulo de residencia.

    Con la intervención del juzgado de origen y, materializadas como fueron sucesivamente las audiencias dispuestas en los Arts. 9 y 14 de la ley 23.098, se recopiló en autos la siguiente información atinente a los planteos introducidos por el interno.

    En primer lugar, el complejo informó

    que, al momento de su ingreso, el mismo manifestó tener nivel educativo primario y secundario completos en el Instituto Lasalle de V.L.(.dijo ser incluso abogado,

    recibido en la Universidad del Noreste), pero expuso que no entregaría la documentación Fecha de firma: 07/06/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8719 - FSM 38472/2020/CA1

    PRESENTANTE: MARTÍNEZ ROJAS, J.M. Y OTRO s/HABEAS CORPUS

    Reg. N°: 9460

    correspondiente; siendo que, en consecuencia,

    por no haber acreditado los estudios que dijo tener y no cumplir los requisitos, se lo inscribió provisoriamente en el nivel inicial.

    Además y, respecto del mismo tópico,

    se indicó que ante la falta de clases presenciales por ausencia de docentes...

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