Sentencia de CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA INTEGRADA DE HABEAS CORPUS, 15 de Enero de 2022, expediente CCC 001599/2022

Fecha de Resolución15 de Enero de 2022
EmisorCAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA INTEGRADA DE HABEAS CORPUS

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL

SALA INTEGRADA DE HABEAS CORPUS DE FERIA

CCC 1599/2022

KENIGSTEIN, V.A.. H. corpus. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 29

Buenos Aires, 15 de enero de 2022.

Y VISTOS:

Ingresa en consulta la presente acción promovida por V.A.K., con base en las consideraciones expuestas en la presentación formulada.

En particular, “en razón de la restricción de libertades ambulatorias derivadas de la DECISIÓN ADMINISTRATIVA 1198/2021…

solicito se decrete la inconstitucionalidad de dichas normas…en tanto que las mismas vulneran elementales derechos y garantías de raigambre constitucional y convencional. En efecto, el condicionamiento del ejercicio de derechos ambulatorios como los de acceder a determinados eventos culturales o sociales a la exhibición del pase que acredita la inoculación de dos dosis contra el Covid 19, vulnera elementales derechos constitucionales de los ciudadanos

.

Al respecto, cabe señalar que según la constancia actuarial del 14 de enero pasado, a las 11:30, “V.K. no contestó el mail que se le remitiera, ni se comunicó con el tribunal a efectos de dar cumplimiento a la ratificación dispuesta”, razón por la que ante lo genérico del planteo y la falta de invocación de un episodio concreto y actual en el cual se le haya exigido el pase sanitario, no es posible determinar cuál sería el derecho que en definitiva se vería vulnerado (de la S. VI, causa número 936/22, “Dinoto, N. s/ H. corpus”, del 11 de enero de 2022).

Sin perjuicio de lo expuesto, recientemente, al resolver un planteo similar en la causa número 1.191/22, “G., O.J. s/

H. corpus”, del 13 de enero pasado, sostuvimos que el planteo propuesto no logra demostrar que la normativa respectiva implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales,

específicamente el condicionamiento del ejercicio de derechos Fecha de firma: 15/01/2022

Firmado por: M.A.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MAXIMILIANO ALEJ SPOSETTI, PROSECRETARIO DE CÁMARA

Firmado por: JULIO M.L., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL

SALA INTEGRADA DE HABEAS CORPUS DE FERIA

CCC 1599/2022

KENIGSTEIN, V.A.. H. corpus. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 29

ambulatorios -como los de ingresar y permanecer en determinados espacios- a la exhibición del “pase sanitario”, que acredita la inoculación de dos dosis de la vacuna...

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