Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 4 de Diciembre de 2019, expediente FGR 024002/2019

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 4 de diciembre de 2019.

VISTOS:

Estos autos caratulados “A., A.J. y otros sobre Habeas Corpus” (Expte. N° FGR 24002/2019), venidos del Juzgado Federal de General Roca; y, CONSIDERANDO:

  1. Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal para resolver el recurso de apelación deducido por la Defensoría Oficial a fs.21/25 contra la resolución de fs.15/17vta. que rechazó la acción de habeas corpus interpuesta a fs.1— acompañada por el escrito del MPD de fs.2 — por parte de 24 internos alojados en el Pabellón 2 Bajo de la Unidad N°5 del SPF de esta ciudad e impuso las costas a los denunciantes.

  2. Que los hechos pueden reseñarse del modo que sigue.

    2.1 La acción tuvo inicio el 28 de octubre pasado contra el área de mantenimiento del establecimiento carcelario “ya que se está apremiando nuestro estado de detención, haciendo caso omiso a nuestras reiteradas peticiones”, definiendo sus reclamos en relación con problemas en la línea telefónica mediante la cual se comunicaban sus familias, con las cañerías y desagües tapados y con la falta de elementos de higiene.

    En el escrito acompañado a fs.2 el MPD agregó que, según las manifestaciones expresadas por los firmantes al momento de entrevistarlos, desde el día 24 de octubre pasado la población carcelaria de dicho pabellón no contaba con línea telefónica entrante para recibir llamadas de familiares y allegados, la que resultaba indispensable para aquellos que Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —1—

    Agregó la existencia de desperfectos de carácter permanente en las cañerías del pabellón, las que se encontraban obstruidas e impedían el adecuado mantenimiento y limpieza de los baños y consecuente aseo de la población carcelaria.

    Seguidamente señaló que, en razón de la entidad de los reclamos, los entrevistados como referentes del grupo (J. N.

    Á. y M. Á. M.) le hicieron saber que habían iniciado una huelga de hambre conjunta a modo de protesta y ante la falta de respuesta del personal del Servicio Penitenciario.

    A su término solicitó la fijación de la audiencia del art.14 de la ley 23.098 a fin de que los nombrados ampliasen y desarrollasen los motivos del recurso.

    2.2 A fs.9/11, se agregaron informes del Servicio Penitenciario Federal mediante los cuales se hizo saber sobre el estado de la línea telefónica, de las cañerías y de los elementos de higiene.

    2.3 Fijada la audiencia del art.14 de la ley 23.098 fueron convocados el SPF, el MPF y los dos accionantes nombrados, junto a la Defensoría Oficial (fs.3).

    2.4 Del acta de fs.12/14 surge la participación de todos los convocados, quienes cada uno a su turno expusieron en detalle sus fundamentos. En dicho marco, el interno J. N.

    1. expresó que los motivos de la acción resultaban ser los dos puntos expuestos en el escrito y agregó que el problema de la Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —2—

    mantenimiento de la Unidad, del servicio-, allí anduvo un rato el teléfono pero luego el viernes nuevamente vino el de mantenimiento y nos dijo que la solución dependía de telefónica y que llevaba un tiempo de 48 horas solucionarlo, entonces nos reunimos los internos del pabellón para cesar con la huelga de hambre a fin de esperar respuesta”. A ello añadió

    que, llegado el día lunes siguiente, no hubo respuesta al reclamo, ante lo que decidieron continuar con la huelga de hambre, así como que el día martes citaron a M. para preguntarle qué estaba sucediendo, quien le manifestó que ya habían hecho el reclamo a telefónica y que debían cesar con la medida. Luego insistió en que ese teléfono significaba el contacto con su familia y aclaró que en esos días pidió pulsos para poder comunicarse.

    En otro orden expuso que el problema de cañerías generaba que se inundase todo el baño y el piletón general donde había cuatro canillas, en el ingreso de la ducha, que Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —3—

    A su turno, el interno M.Á.M. adhirió al planteo de su...

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