Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 20 de Marzo de 2023, expediente FGR 004444/2023/CA001

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, de marzo de 2023.

AUTOS Y VISTO:

Este expediente caratulado “A., C. H. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 4444/2023/CA1), venido del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10

    de la ley 23.098, al declarar el juzgado de origen su incompetencia respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que, en su presentación, A. expresó que interpuso la presente acción contra el área de Trabajo “ya que el maestro hace falso testimonio”.

    Luego, en el marco de la audiencia celebrada en los términos del art.9 de la Ley 23.098 y que contó con la presencia de un representante de la Defensoría Oficial, A.

    expresó que articuló la acción contra el Área de Trabajo del CPF V porque “con esta ola de calor salen a trabajar en dos turnos de 9 a 12:30 o 13 hs y de 15 15:30 a 18 hs.” y si bien le solicitaron al jefe a cargo del sector de la huerta un descanso por 15 minutos para refrescarse, tomar agua y mojarse la cabeza, éste se los negó y los exhortó a que cumpliesen con el trabajo. Por otra parte, manifestó que el día anterior lo habían notificado de sus calificaciones,

    siendo éstas 10 y 6, hallándose en fase de confianza, lo cual Fecha de firma: 20/03/2023

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.F.G., SECRETARIA DE CAMARA —1—

    lo habilitaba a acceder a un taller laboral fuera del módulo,

    que era lo que solicitaba. En función de ello, la defensa solicitó que se oficiase al Servicio Penitenciario para que tomase las medidas necesarias para que su asistido no sufriese insolaciones en el futuro y le permitiesen descansar a los internos para poder refrescarse, como asimismo que se declarase incompetente en relación con el pedido de cambio de tareas.

  3. Que luego se agregó un informe laboral del que surge que el accionante se encontraba afectado al Taller de Horticultura, con poca predisposición para el trabajo, lo que se vio reflejado en su calificación trimestral, por lo que fue exhortado a un mayor compromiso con las tareas asignadas. Finalmente, se informaron las fechas de afectación desde su ingreso, entre otras cosas.

  4. Que, frente a ello, el a quo señaló que la cuestión esgrimida por A., en...

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