Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 11 de Octubre de 2022, expediente CNT 062406/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA I

62406/2016 PRAVIA, J.L. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DE

TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA

REPUBLICA ARGENTINA s/DESPIDO

Sentencia Interlocutoria Buenos Aires, de de 2022.

VISTO:

El acuerdo conciliatorio al que han arribado las partes, conforme a la representación que invocan (arts.1320 y 366 del CCCN).

Y CONSIDERANDO:

  1. Que examinados los términos del acuerdo referido al que han arribado las partes, la forma en que quedó trabada la litis, los elementos de prueba aportados a la causa y, fundamentalmente, los cuestionamientos efectuados en el memorial recursivo, no se advierte violación alguna a normas de orden público, ni que se encubra una renuncia a derechos indisponibles;

    antes bien, por el contrario, aquél importa una justa y equitativa composición de los derechos e intereses de las partes. Por ello, corresponde acceder a su homologación (art.15 de la LCT).

  2. En materia arancelaria, en consideración al mérito, la extensión,

    la calidad y la eficacia de los trabajos cumplidos, la forma de finalización del proceso y lo normado por el art.38 de la LO y normas arancelarias de aplicación, corresponde regular los honorarios de los peritos contador e Fecha de firma: 11/10/2022

    Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.D.R., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: E.C., JUEZ DE CAMARA

    informático en la suma de $450.000 para cada uno de ellos (equivalente a 43.27 UMA).

  3. Exímase a la demandada de tributar la tasa de justicia (art.42 de la LO).

  4. T. presente lo demás convenido en el acuerdo conciliatorio celebrado.

  5. Por todo lo expuesto, EL TRIBUNAL

    RESUELVE:

    1)

    Homologar el acuerdo conciliatorio al que han arribado las partes, otorgándole autoridad de cosa juzgada; 2) Declarar las costas conforme a lo pactado en el acuerdo (arts. 68 y 73 del CPCCN); 3) Dejar sin efecto lo resuelto en origen en cuanto a la...

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