Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Octubre de 2017, expediente CAF 012916/2017/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA I Causa nº 12.916/2017 “Pranday S.A. c/ Dirección General Impositiva s/

recurso directo de organismo externo”

Buenos Aires, de 2017.- RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento de fs. 268/272 el Tribunal Fiscal resolvió confirmar las resoluciones nºs 113 y 236/2011 emitidas por la División Revisión y Recursos de la Dirección Regional Sur la AFIP–DGI, por las cuales se determinó de oficio la obligación tributaria de la firma contribuyente en el impuesto a las ganancias (períodos fiscales 2004 y 2005) —con más sus intereses resarcitorios— y se le aplicó una sanción de multa en los términos del artículo 45 de la ley 11.683.

  2. Que, disconforme, la actora interpuso recurso de apelación a fs.

    283 y expresó agravios a fs. 284/302, replicados a fs. 317/331.

  3. Que, con posterioridad, radicada la causa en esta instancia, la firma actora efectuó la presentación de fs. 355/358 por la que informó su acogimiento al régimen de regularización instituido en la ley 27.260 y formuló

    su desistimiento en los términos de su artículo 53. A tal fin, acompañó

    constancias del plan de facilidades de pago nº J466269 en el que incluyó la deuda tributaria discutida en autos.

    Corrido el pertinente traslado, el Fisco Nacional se presentó a fs. 364 e indicó que la firma actora no había dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la resolución nº 3920/2016, en cuanto exige que el allanamiento y/o desistimiento de la acción y del derecho sea instrumentado mediante la presentación del formulario nº 408 en la dependencia en donde el contribuyente se encuentra inscripto.

    En razón de ello, la firma actora acompañó copia del formulario de allanamiento a fs. 367/369.

    Finalmente, el organismo fiscal agregó el escrito de fs. 372/vta.

    mediante el cual solicitó a este tribunal que “proceda a tener a la actora por 1 Fecha de firma: 19/10/2017 Alta en sistema: 20/10/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #29493002#189043717#20171011085243071 allanada de toda acción y derecho, incluso al de repetición, por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento en las presentes actuaciones, con expresa imposición de costas”. Asimismo, manifestó que su presentación no importaba la aceptación del acogimiento ni el reconocimiento del derecho de la solicitante a gozar de los beneficios establecidos en la ley 27.260, “situaciones éstas que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR