Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 13 de Julio de 2022, expediente CIV 045002/2013/CA003
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala L |
Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”
45002/2013
P J c/ FIDUCIARIA BALBIN 2336 SA s/ESCRITURACION
Buenos Aires, 13 de julio de 2022.- MSS
AUTOS Y VISTOS:
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Son elevadas estas actuaciones al Tribunal a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la parte actora el 28/04/2022, contra la decisión de fecha 26/4/2022,
mantenida el 10/5/2022.
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El actor solicitó que además de la escritura traslativa de dominio, se “ordene librar mandamiento de constatación del estado de ocupación y de entrega de la posesión de la Unidad Funcional Nº
48 ubicada en el piso 12 y del 50% indiviso de la Unidad Complementaria designada con el Nº IX, ubicada en el subsuelo del inmueble sito en la Av. R.B. 2320 / 2326 y 2338, entre Blanco Encalada y O. de la Ciudad de Buenos Aires”.
El Sr. Juez desestimó el pedido. Sostuvo que lo peticionado excedía el marco de lo decidido y que, una vez escriturado a su favor, debía iniciar las acciones que considere correspondan.
En sus agravios el actor entendió errada la solución.
Afirmó que además de la condena a escriturar debía hacerse entrega de las unidades conforme había solicitado.
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De la compulsa de las actuaciones en el sistema Lex 100 surge que en la sentencia dictada en primera instancia el 4/7/2018, se hizo lugar a la demanda incoada por J P contra F.B.2.S., condenando a esta última para que en el plazo de treinta días de notificada y firme la decisión, proceda, contra el pago del saldo de $791.000 con más los intereses allí estipulados, a otorgar y suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio del Fecha de firma: 13/07/2022
Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.S.S., SECRETARIA ADSCRIPTA
Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”
inmueble sito en la avenida R.B. 2320/2338, Unidad Funcional nº 48, Matrícula 16-48701/48 y demás especificaciones que surgen de los informes de dominio obrantes en fs. 2/5 y 341/2 bis., así
como la mitad indivisa de la Unidad Complementaria IX de la misma finca, bajo apercibimiento de ser suscripta por el juez, supliendo su reticencia a su costa y cargo.
Apelado el pronunciamiento, la sentencia fue confirmada en su totalidad por esta Sala el día 28/02/2019.
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Ahora bien, este Tribunal no comparte la solución adoptada. Ello por cuanto no existe inconveniente alguno en que se proceda a la constatación y entrega de la...
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