Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 12 de Octubre de 2016, expediente CIV 002397/2014/CA001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala J

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 2.397/14 “PONCE, MARIEL ANABELA c/ LÍNEA 213 SA DE TRANSPORTE s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” JUZGADO N° 74 Buenos Aires, octubre 12 de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para conocer acerca de los honorarios regulados a fs.238 que fueron recurridos por elevados a fs.252/253 y por bajos a fs.287.-

Conforme reiteradamente se ha pronunciado este Tribunal en cuestiones análogas al presente no cabe duda que en los casos de acuerdo “la transacción o conciliación que pone fin al pleito es oponible a los fines arancelarios a los profesionales que intervinieron en el proceso y no participaron en el acuerdo respectivo”.-

Atento a ello se tomará como base regulatoria el monto que surge del acuerdo presentado a fs.222/223 y 224/225.-

En atención a la proporcionalidad que debe guardar la retribución de los peritos con la de los profesionales del derecho que actúan en la tramitación de todo el proceso (art.478 del...

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