Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 28 de Abril de 2017, expediente CNT 055193/2015/CA002

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 55193/2015. PONCE, L.E. c/ PROVINCIA ART S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS ( ACCIDENTE DE TRABAJO )

Juz. 70 A.B.

Buenos Aires, de abril de 2017.- MCK Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) La Sra. Juez A quo mediante la resolución de fs. 162/163 que -en el entendimiento de que no procede la acción directa contra una ART dado que el vínculo jurídico habido entre el trabajador, el empleador y la aseguradora en modo alguno puede trascender los alcances previstos por la ley de “Riesgos del Trabajo”- admitió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Provincia Aseguradora de Riesgo del Trabajo SA.

Contra dicho decisorio, se alza el actor quien funda su recurso a fs. 164/170, cuyo traslado no fue contestado.

Más allá del relato que efectúa el apelante en su memorial, en lo tocante al tema que nos ocupa, alega el recurrente -en líneas generales- que en autos se encuentra probado que existe una relación laboral entre Metalsa Argentina S.A. y el actor, como así también que el empleador se encontraba asegurado por un contrato de seguro que cubría las contingencias previstas en la ley de riesgos del trabajo y que ello lo habilitaba accionar contra la ART ante los tribunales ordinarios aún sin haber agotado el procedimiento administrativo debido a que articuló la inconstitucionalidad de la ley 24.557 ya admitida por la CSJ y de las leyes 26.773 y demás decretos reglamentarios que menciona a fs. 9.

Agrega que de acuerdo al art. 1° inc.2°b de la ley Fecha de firma: 28/04/2017 Alta en sistema: 09/05/2017 Firmado por: TRIBUNAL Firmado por: L.A.J., Juez de Cámara Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara #27430388#175392653#20170428110509432 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 24.557, y al art. 3 de la ley 26.773 la ART debe reparar todos los daños que se reclamaron.

II) Sin perjuicio de señalar que la magistrada de grado ha hecho lugar a la excepción de falta de legitimación opuesta por la demandada aún sin expedirse acerca de la inconstitucionalidad solicitada por la actora en su escrito inicial respecto de las normas en que funda su decisión, se procederá en este acto al estudio del fondo del asunto.

Se inicia la presente demanda contra Provincia ART S.A. por los daños y perjuicios que se le ocasionaran en virtud del accidente laboral que sufriera el día 04 de marzo de 2015 en ocasión del trabajo y las lesiones derivadas del mismo. A su turno y entre otras normas, cuya inconstitucionalidad articula...

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