Politano Silvia Beatriz S/quiebra - Presenta Informe Final y Ptoyecto de Distribucion de Fondos

Fecha de publicación02 Septiembre 2008
Fecha de disposición02 Septiembre 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31480

Secretaria Nro 35, sito en la calle Marcelo T de Alvear 1840, piso 3, Capital, comunica por dos días en los autos caratulados: 'LAMPAK SRL S/ QUIEBRA', que se ha presentado informe y proyecto de distribución de fondos y que por auto de fecha 16-7-08 se procedió a regular honorarios a los profesionales intervinientes. Firmado Secretario.

Buenos Aires, 13 de agosto del 2008.

María Florencia Estevarena, secretaria.

e. 01/09/2008 Nº 583.703 v. 02/09/2008 Nº 19

El Juzgado Comercial Nº 19 a cargo del Dr.

GerardoSanticchia(JuezSubrogante),Secretaria Nº 37 a mi cargo, comunica por el plazo de cinco días, en los autos caratulados 'FABROL S.R.L. s/ Quiebra' que con fecha 11 de julio de 2008, se ha decretado la quiebra de FABROL S.R.L., CUIT 30-68969556-2; que ha sido designado síndico el contador Carlos Enrique Wulff, con domicilio constituido en la calle Virrey del Pino Nº 2354, piso 6º 'D', a quien los acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios hasta el día 29 de octubre de 2008, de lunes a viernes de 15:00 a 19:00 horas. El síndico deberá presentar los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 11 de diciembre de 2008 y 27 de febrero de 2009, respectivamente. Que ha sido intimado el deudor para que de cumplimiento a los siguientes recaudos establecidos en el acápite 3 del auto de quiebra: a) Cumplir con los requisitos previstos por el art. 88, incisos 1, 3, 4 y 5, L.C., b) entregar al síndico sus libros, papeles y bienes que tuviera en su poder y acápite 12 del auto de quiebra, para que constituya en autos domicilio procesal en el lugar de tramitación bajo apercibimiento de tenerlo en los estrados del juzgado en los términos de los art. 41 y 133 del CPCC.

Dado, firmado y sellado, en mi público despacho, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días de agosto de 2008.

Rodrigo Piñeiro, secretario 'Ad-Hoc' e. 28/08/2008 Nº 583.645 v. 03/09/2008 El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D.

Santicchia, Secretaría Nº 37, a mi cargo, comunica por el plazo de cinco días, en los autos caratulados: 'RIOMAQ S.A. S/QUIEBRA' EXPTE Nº 050288, que con fecha 10 de julio de 2.008, se ha decretado la quiebra del nombrado 'RIOMAQ S.A.' C.U.I.T. 30-69127726-3 designándose síndico a la contadora INES ETELVINA CLOS con domicilio constituído en la calle Sarmiento 944

3er. piso C.A.B.A. TE: 4371-4505/1544138060.

Los acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios hasta el día 13 de octubre de 2008.

El síndico deberá presentar los informes de los arts. 35 y 39 de la L.C. los días 1 de diciembre de 2008 y 09 de febrero de 2009, respectivamente.

Dado, firmado y sellado, en mi público despacho, en Buenos Aires, a los 19 días del mes de agosto de 2008.

Rodrigo F. Piñeiro, secretario ad hoc.

e. 27/08/2008 Nº 583.605 v. 02/09/2008 El Juzgado Nacional de Primera Instncia en lo Comercial 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaria No. 38 a mi cargo, con asiento en Marcelo T de Alvear 1840

Planta Baja, comunica que en los autos 'DIN INTERNATIONAL SERVICE SRL S/PROPIA QUIEBRA, exp. 40446, se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos, y se han regulado honorarios a los profesionales intervinientes. El presente debera publicarse por dos dias en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 18 de julio de 2008.

Adriana P. Cirulli, secretaria.

e. 01/09/2008 Nº 583.700 v. 02/09/2008 Nº 22

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, Secretaría Nº 43, con asiento en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso (C.A.B.A.), comunica por dos días en autos 'POLITANO SILVIA BEATRIZ S/QUIEBRA' que se presentó informe final y proyecto de distribución de fondos en los términos del art. 218 LCQ, el que --de no merecer observación-- será aprobado dentro del plazo de diez días, habiéndose también regulado honorarios. Se deja constancia que...

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