el Plata

Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2005

EL PLATA S.R.L. - Se hace saber que por escritura Nº 317 de fecha 15/12/04 autorizada por ante Jorge A. Laigle, Titular del Registro Nº 30 de San Rafael, se constituyó la sociedad "El Plata SRL", cuyos socios son: Hugo Rubén Torrecilla, Argentino, L.E. 8.031.043, casado, nacido el 18/11/46, comerciante y Elianne Beatriz Pont, Argentina, D.N.I. 6.253.076, casada, nacida el 07/02/50, ama de casa, mayores de edad, ambos con domicilio en Av. Moreno Nº 759 de San Rafael, que se regirá por el presente Estatuto Social: "Artículo Primero: Denominación: La sociedad se denominará "El Plata SRL". Artículo Segundo: Domicilio: Tendrá su domicilio en el Departamento de San Rafael, Provincia de Mendoza, República Argentina, pudiendo establecer sucursales y/o agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del exterior, con o sin asignación de capital. Artículo Tercero: Duración: Su término de duración se fija en 30 años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza. Artículo Cuarto: Objeto: La sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia o de terceros, las siguientes actividades: Explotación de establecimientos rurales de propiedad de la sociedad o de terceras personas, a los efectos de proveerse de materia prima, compra venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación. Fabricación, industrialización, elaboración de productos y subproductos agropecuarios de la alimentación en especial de harinas y panificación en todas sus formas, productos de confitería, facturas, masas, tortas, pizzas, tapas de empanadas, etc., como toda clase de servicios en plantas elaboradoras propias o de terceros. Actuar como corredora, comisionista o mandataria. Para el cumplimiento de esta finalidad la sociedad podrá contar con plantas industriales registrar y/o adquirir marcas y patentes, licencias, diseños y dibujos industriales, participar con otras sociedades. Y, participar en licitaciones públicas o privadas. La sociedad podrá dedicarse a negocios inmobiliarios, compra, venta, permuta y alquiler de bienes raíces, por cuenta propia y/o ajena. Artículo Quinto: Capacidad: Para el cumplimiento de sus fines, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el presente estatuto. Artículo Sexto: Capital Social: El capital social lo constituye la suma de...

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