Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Noviembre de 2002, expediente Ac 86332

PresidentePettigiani-Salas-Negri-Soria-Hitters
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 86.332 “P., F.V.I. de realización de bienes. Recurso de queja”.

//P., 20 de noviembre de 2002.

AUTOS Y VISTO:

Que los recursos extraordinarios sólo proceden contra la sentencia definitiva que pone fin a la litis que motivó el pleito, pero no contra las resoluciones recaídas en los incidentes que puedan plantearse durante su ejecución, las que en principio deben quedar concluidas en la instancia ordinaria (Ac. 47.704, 10-XII-91; Ac. 54.831, 21-XII-93; Ac. 61.379, 27-XII-95).

Que en consecuencia de ello, el pronunciamiento de la Cámara que en un incidente de realización de bienes

determina la vía procesal idónea para la declaración de ineficacia de los actos realizados por el fallido, no reviste carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y...

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