Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 17 de Abril de 2018, expediente CAF 054203/2016/CA001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 54.203/2016 “PITTE FLETCHER DENIS c/ EN –PEN-

AFIP Y OTRO s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”

En Buenos Aires, a los días del mes de del año dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los Señores Jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal a fin de resolver el recurso de apelación deducido contra la sentencia dictada en la causa caratulada “P.F.D. c/ EN -PEN- AFIP y otro s/ proceso de conocimiento” Expte n° 54.203/16, y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho el fallo apelado, el Señor Juez de Cámara, Dr. C.M.G. dice:

  1. El señor juez de primera de instancia, tras desestimar la defensa de falta de legitimación activa opuesta por el Estado Nacional, rechazó la demanda interpuesta por el señor D.P.F. tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23 del decreto nº 895/16 y 38 de la resolución general AFIP nº 3919/2016.

    Para así decidir, el magistrado de grado sostuvo, en primer lugar, que la legitimación activa se encontraba configurada en la especie por el estado de incertidumbre y el interés jurídico suficiente al admitir poseer un bien adquirido en el año 2015 que pretende incluirlo mediante la declaración jurada de confirmación de datos establecida en el artículo 85 de la ley 27.260 a fin de que se le reconozcan los beneficios previstos en el artículo 46 de la misma norma, entendiendo el actor que las disposiciones cuya inconstitucionalidad plantea le impiden formular la referida declaración.

    Fecha de firma: 17/04/2018 Alta en sistema: 18/04/2018 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28838450#199373919#20180404121646246 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 54.203/2016 “PITTE FLETCHER DENIS c/ EN –PEN-

    AFIP Y OTRO s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”

    Sentado ello y dando tratamiento a la cuestión de fondo, notó que el actor señala que un contribuyente facultado por el art. 36 der la ley 27.260 para declarar un bien que hasta ese entonces mantenía oculto en su patrimonio —y así acceder a los beneficios del art. 46— tendría dos formas de hacer su declaración: a través de los lineamientos del Título I (sistema voluntario y excepcional de declaración de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, arts. 36 a 51), o bien, mediante la declaración jurada de confirmación de datos del art.

    85.

    Sin embargo, el juez a quo advirtió que el alcance pretendido implica una clara desnaturalización del Régimen de S.F.. En ese sentido, precisó que de una lectura integral de la normativa en cuestión resulta claro que el artículo 85 y las normas reglamentarias dictadas al efecto, se encuentran destinadas para un universo distinto de contribuyentes que el dirigido a los que deseen blanquear.

    Así pues, clarificó que el artículo 85 (y sus normas complementarias y reglamentarias) se dirige a los sujetos que, previo a la sanción de la ley, hubieran exteriorizado en forma espontánea en las declaraciones juradas de los impuestos detallados, la totalidad de sus bienes y tenencias, pudiendo en tal caso presentar una declaración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR