Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 9 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita384/16
Número de CUIJ21 - 510031 - 0

Texto del fallo Reg.: A y S t 270 p 27/30.

Santa Fe, 9 de agosto del año 2016.

VISTA: la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor contra la sentencia del 24 de septiembre de 2013, dictada por la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de la ciudad de Rosario, en autos "PISTRILLI, E. c/S.S.A. y otros -Cobro de Pesos Laboral- (Expte. 252/11)" (E.. C.S.J. CUIJ número 21-00510031-0); y, CONSIDERANDO:

  1. Surge de las constancias de autos, en lo que aquí atañe, que el juez de grado dispuso: "...Respecto al reclamo formulado en Expte. N.. 639/2006: 1- Receptar la excepción de falta de legitimación pasiva y consecuentemente rechazar la demanda interpuesta contra R.S. y EMANUEL MATIAS SORIA, con costas; 2- Rechazar íntegramente la demanda interpuesta contra SAFIN S.A... Respecto al reclamo formulado en Expte. N° 52/2008: 3- Receptar la excepción de falta de legitimación pasiva y consecuentemente rechazar la demanda interpuesta contra SCRAP ROSARIO SRL y EMANUEL MATIAS SORIA, con costas; 4- Hacer lugar íntegramente a la demanda y condenar a SAFIN S.A. y a R.S." a pagar al accionante las sumas allí indicadas.

    Apelado dicho pronunciamiento y, en lo que aquí resulta de interés, por E.J.P., la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario resolvió "I.

    Receptar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la actora, y revocar parcialmente la sentencia de primera Instancia" conforme los términos expuestos en los considerandos; "II.

    Rechazar parcialmente el recurso de apelación deducido por la codemandada SAFIN S.A. III.

    Receptar el recurso de apelación articulado por R.S., revocando la sentencia en tanto lo condena...".

    Contra tal decisión interpone el recurrente recurso de inconstitucionalidad en los términos del artículo 1, inciso 3, de la ley 7055, por entender que lo fallado no satisface el derecho a la jurisdicción.

    En el memorial recursivo el compareciente sostiene la arbitrariedad de la resolución cuestionada por haberse apartado el Tribunal de las pruebas de autos al admitir la falta de acción que opusieran los codemandados R. y E.S..

    Señala que a pesar de haberse hecho lugar a "casi" la totalidad de lo que reclamara, al desconocerse la mala fe en el despido por parte de los accionados, la sentencia se torna una "mera declaración" inejecutable, pues SAFIN SA ya no existe y S.R.S. fue desmantelada en los años que tardó la resolución, habiendo quedado R.S. fuera de ambas.

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