Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 19 de Febrero de 2019, expediente CCF 002521/2009/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° CCF 2521/2009/CA1 “P.O.A. c/ Estado Nacional Ministerio de Justicia Seg. y DDHH -Policía Federal-

s/accidente en el ámbito militar y fuerzas de seguridad”

En Buenos Aires, a los 19 días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “P.O.A. c/ Estado Nacional Ministerio de Justicia Seg. Y DDHH -Policía Federal- s/accidente en el ámbito militar y fuerzas de seguridad”, y de acuerdo al orden de sorteo el doctor G.A.A. dijo:

  1. El señor O.A.P., Suboficial Escribiente de la Policía Federal Argentina, demandó al Estado Nacional (Ministerio de Justicia) con el objeto de ser indemnizado por los daños físicos y psíquicos que sufrió a causa de un accidente coronario ocurrido mientras se dirigía a su lugar de trabajo. Estimó la cuantía del resarcimiento en $ 853.560 discriminándola en los siguientes rubros: a) daño físico incapacidad: $ 300.000; b) pérdida de chance asistencia futura familiar: $ 30.000; c) lucro cesante: $

    200.000; d) pérdida de chance carrera policial: $ 100.000; e) calidad de vida: $ 15.000; f) daño sociológico: $ 20.000; g) daño psicológico:

    $ 25.000; h) Tratamiento físico kinésico: $ 4.800; i) tratamiento psicológico: $ 5.760; j) daño moral: $ 100.000 con más los intereses y las costas del juicio.

    En su escrito inicial el señor P. afirmó que había ingresado a la Policía Federal Argentina en septiembre de 1977.

    Contó que el 28 de enero de 2003, mientras se dirigía a tomar servicio a la Sección de Seguridad y Enlace con el Ministerio Público de la Policía Federal Argentina, sufrió un fuerte dolor de pecho que lo obligó a trasladarse inmediatamente –en un remis- al Hospital Fecha de firma: 19/02/2019 Alta en sistema: 21/02/2019 Firmado por: ANTELO - RECONDO - MEDINA, #16181320#227067442#20190220113030885 Churruca. Dijo que allí fue derivado al servicio de cardiología y después a terapia intensiva donde permaneció internado por 20 días.

    Durante ese tiempo fue intervenido quirúrgicamente tres veces y le colocaron stents. Afirmó que después de obtener el alta del nosocomio debió continuar con internación domiciliaria por dos meses más; y que, a partir de entonces, ya no volvió a trabajar como lo hacía de manera habitual, sino que le asignaron tareas livianas y ajenas a la función policial. Informó que a raíz de su...

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