Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 29 de Diciembre de 2023, expediente CIV 049386/2013/CA003

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

49386/2013

PINTOS NORMA ROSA (HEREDEROS) Y OTROS c/ DEMARCO

MARIO ALBERTO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO

  1. ) M.G.G. apeló la resolución del 25 de octubre, que desestimó el pedido de subasta de los derechos hereditarios por considerar que las deudoras resultan herederas en la sucesión del hijo del titular del dominio y no se encuentra aún inscripta la declaratoria de herederos dictada a su favor en relación al bien de la calle C.C..

    El apelante alegó que la resolución obsta la única posibilidad de cobro de sus honorarios, dado que los derechos hereditarios son los únicos bienes en cabeza de las deudoras.

  2. ) Los derechos hereditarios son susceptibles de embargo y, por ende, pasibles de ejecución. La ley no lo prohíbe y no existe controversia respecto a que el patrimonio tiene como función la garantía sobre las deudas cualesquiera que sean los derechos actuales o futuros que lo compongan. De manera que, una vez incorporados al patrimonio de la ejecutada, no se advierte el impedimento para obtener su ejecución forzada con el objeto de [1]

    cobrarse el crédito que se intenta ejecutar.

    En este sentido, se ha sostenido que si es posible la cesión de [2]

    derechos hereditarios , es factible también su venta en subasta judicial,

    tornándose aplicable la previsión del art. 1614 del Código Civil y Comercial,

    más aún cuando el art. 1129 autoriza la venta de todo aquello que puede ser objeto de los contratos. Incluso, puede ser transmitida fiduciariamente una [3]

    universalidad . Es que al ser los derechos hereditarios susceptibles de embargo, también son pasibles de ejecución. Ello así porque, por regla, no se [4]

    cautela ejecutivamente lo que no se va a rematar.

    Pues, si los bienes del deudor son la garantía común de los acreedores y si entre esos bienes que forman su patrimonio se encuentran los referidos derechos, debe admitirse la posibilidad de su embargo y, ello supuesto, su posterior ejecución. Los derechos cedibles pueden ser vendidos Fecha de firma: 29/12/2023

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    en remate, cederlos es venderlos y la venta no deja de ser tal porque se realice [5]

    en privado o en remate.

    En palabras de K., así como está permitida la cesión de los derechos hereditarios también lo está la subasta, pues la única diferencia es [6]

    que, en lugar de ser voluntaria, la cesión sería forzada.

  3. ) De las constancias del expediente surge que el 17 de febrero se dispuso el embargo ejecutorio sobre los derechos y acciones hereditarios que pudieran corresponderle a C.C.A., R.S.A.,

    M.J.B.A. y R.B.A. en el expediente “Poison Carmen Cecilia y otro s/sucesión ab-intestato” (nº 51499/2011), por la suma de $1.323.200, con más la de $396.960 que se presupuestaron para responder a intereses y costas de la ejecución.

    El art. 16 de la ley 17.801 establece que “no será necesaria la previa inscripción o anotación, a los efectos de la continuidad del tracto con respecto al documento que se otorgue, en los siguientes casos: a) cuando el documento sea otorgado por los jueces (...) d) cuando se trate de instrumentaciones que se otorguen en forma simultánea y se refieran a negocios jurídicos que versen sobre el mismo inmueble, aunque en las respectivas autorizaciones hayan intervenido distintos funcionarios. En todos estos casos el documento deberá expresar la relación de los antecedentes del dominio o de los derechos motivo de la transmisión o adjudicación, a partir del que figure inscripto en el Registro, circunstancia que se consignará en el folio respectivo”.

    Al respecto, se ha sostenido que la norma transcripta habilita la continuidad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR