Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 16 de Abril de 2018, expediente CIV 002464/2013/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 2464/2013 P.C.R.A. c/ TRANSPORTES LARRAZABAL CISA (LINEA 188) Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 16 de abril de 2018.- FP AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La parte actora acusó la caducidad de la instancia respecto de los recursos de apelación deducidos por la demandada, la compañía de seguros y las Dras. S.A.F., R.F.F., P.S.I. y M.P.B. a fs. 308, 309 y 310 (fs. 317/318). A fs. 319 se confirió el traslado de rigor, que fue contestado por la apoderada de Transportes Larrazabal CISA y Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros a fs. 321.

De las constancias de autos se observa que el último acto impulsor del trámite de esta instancia, de acuerdo a lo decidido a fs.361/362, resulta ser la presentación que luce a fs. 323, del 23 de mayo de 2017.

Así, se advierte que desde la fecha de aquella actuación hasta el acuse de caducidad interpuesto a fs. 317/318, del 5 de julio 2017, no transcurrió el plazo previsto por el art. 310, inc. 2° del Código Procesal, por lo que no se encuentran reunidos los presupuestos para la declaración de la caducidad de la segunda instancia solicitada.

En esa inteligencia, el acuse de caducidad de segunda instancia formulado será desestimado, con costas en el orden causado en función de las particularidades del caso ya que al momento de presentar la incidencia de fs. 317/8 las constancias agregadas al expediente habilitaban la articulación del planteo deducido.

Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema...

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