Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 27 de Septiembre de 2023, expediente CNT 015228/2023/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA I

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CAUSA NRO 15228/2023

P.S.L. C/ PROVINCIA ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348

JUZGADO NRO. 51 SALA I CNAT

Buenos Aires, en la fecha de registro que figura en el Sistema Lex 100.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte actora –con oportuna réplica de su contraria- contra la sentencia de grado que confirmó la decisión adoptada por la Comisión Médica Jurisdiccional nº 10;

Y CONSIDERANDO:

  1. La parte actora deduce recurso de apelación contra la decisión de grado que confirmó lo dictaminado por la Comisión Médica 010 –pronunciamiento que fue homologado el 09.02.2023-. Allí se determinó que la Sra. P. no porta incapacidad laboral, según el baremo de ley 24.557, a causa del accidente de trabajo sufrido el 13 de septiembre del 2022.

    Según el informe obrante en fs. 35/37 del expediente administrativo SRT nº

    450553/22 la reclamante, quien trabaja como auxiliar de limpieza en un establecimiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires “fue empujada por un alumno, cayó al piso y presentó politraumatismo”. La actora afirmó que fue asistida por la aseguradora, que le realizaron tratamiento médico, le practicaron radiografías y le concedieron rehabilitación hasta el alta médica del día 27.09.2022.

  2. El Sr. Juez de Primera Instancia en el pronunciamiento recurrido, concluyó

    que los fundamentos expresados en los agravios vertidos en sede administrativa no resultaban suficientes para rebatir lo allí decidido. Adujo, en lo que constituye el núcleo de la decisión apelada, que “el cuestionamiento que se formula en el presente recurso en cuanto a que no han sido valoradas adecuadamente las secuelas psicofísicas que presentaría la reclamante, no resulta suficiente para desvirtuar el informe pericial producido en Comisiones Médicas, dado que no se señala de modo concreto en que aspecto pudo existir error o parcialidad, lo cual importa el planteo de una mera discrepancia, insusceptible de hacer variar lo decidido por el Tribunal administrativo”. La accionante cuestiona la decisión de grado mediante el memorial puesto a consideración de este Tribunal, a través del cual solicita que se revoque la decisión de grado y se admita la prueba ofrecida para validar la existencia de una minusvalía indemnizable.

    Fecha de firma: 27/09/2023

    Alta en sistema: 28/09/2023

    Firmado por: E.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.Z.V., SECRETARIA

  3. La decisión adoptada en grado debe revocarse. Ello así, porque la parte actora efectúa una crítica concreta y razonada del aspecto de la decisión administrativa que le resultó adversa y se requerían mayores pruebas para arribar a una solución adecuada. En efecto, la recurrente afirmó que la decisión administrativa era arbitraria e insuficiente, que porta incapacidad, que no puede realizar esfuerzo alguno con normalidad, por más mínimo que sea, como lo hacía antes de la fecha del accidente. Que aún en la actualidad sufre dolor y limitación en la movilidad de su columna dorsolumbar,

    ambas muñecas y manos, lo cual le impide realizar sus tareas recreativas y laborales eficientemente, sobre todo aquellas que requieren manipular y levantar objetos...

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