Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 3 de Marzo de 2020, expediente CNT 073360/2015/CA001

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.DEF. EXPTE. Nº: 73.360/2015/CA1 (50.098)

JUZGADO Nº: 72 SALA X

AUTOS: “P.R.C.C./ COCA COLA FEMSA DE BUENOS

AIRES S.A. S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 03/03/20

El DR. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Vienen estos autos a la alzada a propósito de los agravios que contra el pronunciamiento de fs. 312/313vta. interpuso la actora a tenor del memorial obrante a fs.

    314/320vta., el cual mereció la réplica respectiva (fs. 322/324vta.).

  2. ) Se agravia la actora por cuanto el señor juez que me ha precedido rechazó la demanda al considerar injustificado el despido (indirecto) del caso.

    Sostiene la apelante que la decisión “a quo” de tener por no probados los malos tratos y persecución hacia su persona por parte del Sr. F.P. –gerente y superior directo- que fueron invocados como causal rescisoria (conf. carta documento de fs. 68),

    respondió a una incorrecta valoración de la prueba (en particular la testimonial) ya que el magistrado no tuvo en cuenta que los testigos que depusieron se encontraban comprendidos dentro de las generales de la ley. Ello así y en el entendimiento que su parte cumplió con el onus probandi, solicita se revoque el fallo.

    Considero que el análisis de las pruebas arrimadas no permite modificar lo resuelto en grado.

    En efecto, las declaraciones brindadas en el pleito no permiten corroborar la invocada conducta injuriosa asumida contra la actora que justifique la extinción del contrato de trabajo (art. 90 L.O.). P. dijo que la relación del Sr. P., gerente de ventas, con la Fecha de firma: 03/03/2020

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    actora “era normal (…) el trato para mi forma de verlo (era) de jefe a subordinado, a veces un poco efusivo, un poco temperamental si esa puede ser la forma de verlo. Era para con todos, no solamente con la actora, a veces demasiado sanguíneo y efusivo a la hora de hablar. No recuerdo que nunca le haya faltado el respeto con malas palabras, sí discusiones laborales como en todos los trabajos” (fs. 162/164). En idéntico sentido, C. afirmó que la relación entre la actora y P. “era normal como cualquier otro gerente con sus empleados” y agregó que “no tengo conocimiento de problemas entre ellos” (fs. 165/166).

    A su turno Mercado también catalogó como “normal” el vínculo de trabajo entre P. y su superior P. y declaró que este último “se caracterizaba por tener un...

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