Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 8 de Febrero de 2018, expediente CAF 032132/2016/CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 32132/2016 PEZ LUNA SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y DDHH PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO Buenos Aires, de febrero de 2018. AN VISTO: la resolución de fs. 328/9, el recurso de la actora de fs.

330, los fundamentos de fs. 332/45 y el responde de fs. 347; y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. juez de grado desestimó el pedido de la actora para que se le permita, en el orden cautelar, la movilidad del buque de su propiedad, la salida a puerto y la realización de las jornadas de pesca necesarias para el cabal cumplimiento de la obligación de pescar, para mantener vigente el permiso otorgado por la autoridad administrativa.

  2. La medida de innovar que se pretende reconoce como marco la acción principal que tiene por objeto la declaración de nulidad del acto administrativo de la inscripción ilícita de cierta documentación en el Registro Nacional de Buques, que le impide a la accionante la libre disposición y utilización del buque pesquero Galemar.

  3. En ese contexto, luego del informe producido por el Estado nacional (art. 4 de la ley N.. 26.854), el juez desestimó la medida por considerar que la orden de suspensión del acto administrativo de la Prefectura Naval Argentina atacado en autos (inscripción registral de documentación que impide a la actora la libre disponibilidad del buque) y la orden que permita la movilidad del buque, su salida a puerto y la realización de jornadas de pesca, conducen en la práctica al mismo resultado.

    En tal sentido, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 3, inc. 4 de la ley 26.854, que establece que las medidas cautelares no podrán coincidir con el objeto de la demanda principal, rechazó la cautelar pedida.

    Fecha de firma: 08/02/2018 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #28433662#198219383#20180208113928619

  4. La actora, como propietaria del buque, denuncia como causa de la nulidad del acto administrativo una maniobra realizada por directivos de la empresa –en concurso- A.B.S.A., anterior locataria del buque.

    Sostiene que el Sr. L.L.B., director de la concursada, invocando falsamente la condición de presidente de Pez Luna S.A., otorgó la locación del buque de marras a Pesca de Costa S.A.; contrato que dice le es inoponible (ver expresión de agravios en fs. 332 vta.).

    En cuanto a las cuestiones formales considera que la medida no se confunde con el objeto de la cautelar ni le...

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