Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Julio de 2022, expediente CAF 049499/2018/CA001 - CA002
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2022 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA I
49499/2018, PETROBRAS ARGENTINA SA (TF 37788-A) c/
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS s/RECURSO
DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO.
Buenos Aires, 5 de julio de 2022.- AA/RR
AUTOS Y VISTOS:
El Dr. Cesar O.D.P. (por la parte demandada)
interpuso recurso de apelación (fs. 99) “por altos” y el Dr. J.P.C. (por derecho propio) interpuso y fundó recurso de apelación (fs. 103) “por bajos”, contra los honorarios fijados en el auto regulatorio del 26 de junio de 2019, y CONSIDERANDO:
-
Que en función de la naturaleza del proceso, su monto —para el que debe tomarse las sumas apeladas en concepto de tributos,
derecho adicional, IVA adicional y ganancias (U$S 48.066,55 y $74.944,62)—, la etapa cumplida, el mérito, la calidad y la extensión de la labor profesional desarrollada a la luz del resultado obtenido, SE
FIJA en la suma de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
PESOS ($ 53.900) los honorarios a favor del Dr. J.P.C. por su actuación ejerciendo la dirección letrada y representación procesal de la parte actora en la instancia anterior (artículos 7, 9, 16 y demás concordantes de la ley 21.839).
-
Que sobre pautas análogas, en lo pertinente, a las precedentemente enunciadas, y teniendo en cuenta que la discusión ante este tribunal se limitó a las costas del proceso, SE FIJA en 1,49
UMA —equivalentes a la suma de $ 13.475, de conformidad con los valores establecidos en la acordada nº 12/2022 de la Corte Suprema Fecha de firma: 05/07/2022
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
de Justicia de la Nación— los honorarios a favor del letrado mencionado por su trabajo (fs. 68/71) ante esta alzada (artículos 30 y demás concordantes de la ley 27.423).
Se hace constar que al importe regulado deberá adicionársele la suma correspondiente al impuesto al valor agregado, dada la condición de...
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