Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 23 de Noviembre de 2017, expediente CSS 000417/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº417/2015 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos P.R.G. c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS -

D.G.

  1. s/IMPUGNACION DE DEUDA, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

Viene a consideración de esta Sala el recurso impuesto, por R.G.P. contra la Resolución N° 251/2013( DICRSS) que rechaza el recurso de revisión contra la Resolución Nº 5599/2012 que determina deuda, previsional por considerar en relación de dependencia con el mismo a J.M.P. El apelante no efectuó el pago de la multa impuesta como requisito de admisibilidad del recurso impetrado. Alega imposibilidad de oblarlo y adjunta una certificación contable en tal sentido.

El Alto Tribunal admitió como excepciones los casos de desproporcionada magnitud del monto a depositar con relación a la capacidad económica del apelante y la falta comprobada e inculpable de los medios para afrontar dichas erogaciones ("Dintel S.A." sent. del 11.9.90, pub.

DT. junio 1991, pág. 1059; "V.H. y Cía SRL", pub. DT 1986-A, pág. 229; Fallos 288:287, consid. 10) o cuando el requerimiento evidencia en forma inequívoca un propósito persecutorio por parte de los organismos administrativos.

La envergadura del importe que se discute en autos y la situación económica que resulta de la documentación aportada por el actor. Me inclinan a habilitar la instancia y entender en el recurso impetrado.

A mayor abundamiento el propio organismo en los considerandos de la Providencia Nº 151/13( DI CRSS) señala que la prueba ofrecida por el contribuyente resulta suficiente para acreditar que en el cao se configura la hipótesis de excepción reseñada, verificándose una desproporcionada magnitud entre el monto a depositar en relación a la capacidad económica del apelante.

Afirma el actor la inexistencia de vínculo laboral alguno con el sujeto relevado, que es su hijo .Destaca que el organismo desecho la circunstancia aludida a la existencia de una misma comunidad familiar y la formación de un mismo patrimonio, aduciendo que los retiros efectuados por su hijo constituyen salario y sin explicar porque no corresponde considerarlos como aportes al patrimonio común familiar. Alega que además de la relación paterno filial hay una relación de convivencia pues habitan...

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