Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 22 de Marzo de 2022, expediente CIV 048076/2006/CA013
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A
48076/2006
PERKINS JULIO EDUARDO Y OTROS s/SUCESION AB-
INTESTATO
Buenos Aires, 22 de marzo de 2022.- PM
AUTOS Y VISTOS:
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Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal a fin de entender en los recursos de apelacion deducidos contra los honorarios fijados el 29/11/2021 a favor del perito tasador Dr. P.J.F..-
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De la compulsa del expediente se desprende que, dictada la declaratoria de herederos (v.fs.75), a fs. 756/59 se designó como administradora de la sucesión a la cónyuge supérstite del causante E.B..-
A fs. 2939 y ante la falta de acuerdo entre los coherederos se designó un perito tasador, un perito partidor y un inventariador. A fs. 3172 se aprobó el inventario, solución que fuera confirmada por este tribunal a fs. 3215/3217; a fs. 3498/3499 se aprobó la tasación presentada por el experto y a fs. 3730/3746 el perito P.F. presentó la partición que, impugnada por los coherederos, fue aprobada a fs. 4037/4038.
A fs. 4218/4221 luce la resolución de este Tribunal confirmando la decisión de grado que tuvo por aprobada la partición y a fs. 4264 se rechazó el remedio federal ensayado por la cónyuge supérstite contra la misma.-
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Ahora bien, en orden a los agravios vertidos por la cónyuge supérstite y los coherederos D., P. y J.P. es dable recordar que el derecho del partidor a percibir honorarios es indiscutible, aún cuando la partición se anulara por errores en la adjudicaciones no imputables a él o, cuando la partición Fecha de firma: 22/03/2022
Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
de bienes fuese parcial (no tiene necesidad de aguardar a que se dividan todos los bienes) razón por la cual, más allá de las manifestaciones vertidas por los quejosos en este sentido,
ponderándose que la cuenta particionaria resultó oportunamente aprobada , no cabe duda cabe acerca de la pertinencia del pedido de regulación de honorarios formulada por el Dr. Fortín (conf. G.C. “Curso de Procedimiento Sucesorio”, E.. La Ley, pág.217 y sgtes.; id. P., G.M.“. en la Justicia Nacional y Federal “, editorial Cathedra Jurídica, pág. 471 con abundante cita jurisprudencial), lo que sella la suerte de este punto de los agravios.-
A mayor abundamiento, es dable recordar que esta S. reiteradamente ha resuelto que cuando el profesional cumple con reunir los antecedentes preliminares, hijuelas de bajas...
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