Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 28 de Mayo de 2019, expediente FMZ 016569/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 16569/2015/CA1 Mendoza, 28 de mayo de 2019.

VISTOS:

Los presentes N° FMZ 16569/2015/CA1 “P.M.,

M.N. c/ AFIP p/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

DE INCONSTITUCIONALIDAD”, venidos a esta S. “B” a fin de resolver

la procedencia del recurso extraordinario interpuesto a fs. 151/161 vta. por la

actora y a fs. 163/182 por la demandada, contra la sentencia dictada a fs.

144/149; CONSIDERANDO:

1) Que a fs. 151/161 vta. la accionante deduce recurso extraordinario

federal contra la sentencia dictada por esta S., a fs. 144/149, por la que se

hace lugar parcialmente a la acción intentada.

Plantea la arbitrariedad de la sentencia en la interpretación de la

Acordada 20/96, ya que según sostiene, el verdadero alcance de aquella fue

eximir a los magistrados y funcionarios judiciales del impuesto a las

ganancias.

Analiza que mediante la Acordada 56/96 la Corte estableció que

ciertos rubros de la composición del salario de los agentes judiciales del

Poderes Judicial de la Nación debían ser calificados como reintegro de

mayores gastos derivados del cumplimiento de la función y por lo tanto, eran

deducibles de la base imponible del impuesto a las ganancias.

2) Que, por su parte, la demanda a fs. 163/182 plantea recurso

extraordinario federal contra la sentencia de esta Cámara que luce a fs.

144/149.

Sostiene que existe cuestión federal simple en los términos del artículo

14 inc. 3 de la ley 48, en cuanto se debate la interpretación y la aplicación

efectuada por la Excma. Cámara de normas federales, habiendo resultado su

interpretación, contraria al derecho fundándose en ellas se invocaron.

Fecha de firma: 28/05/2019 Alta en sistema: 06/06/2019 Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: A.R.P. , Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q., Secretario de Cámara #27009580#234522364#20190528154309408 Alega la existencia de cuestión federal simple por sentencia

inconstitucional o arbirtraria.

3) Que, a fs. 184/189, la actora contesta el traslado conferido del

recurso extraordinario interpuesto por la representante de AFIP y solicita su

rechazo, con argumentos que doy por reproducidos en honor a la brevedad.

4) Que, en el análisis de la procedencia del recurso impetrado por la

demandada, no desconozco que, en principio, el recurso extraordinario es un

remedio excepcional cuya aplicación debe hacerse restrictivamente, para no

desnaturalizar su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR