Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 15 de Agosto de 2019, expediente FPA 005546/2019/CA001

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 5546/2019/CA1 raná, 15 de agosto de 2019.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “PEREZ, JULIO MANUEL CONTRA OSPA VIAL SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. N° FPA 5546/2019/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná; y CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 38/41 por la parte demandada, contra la resolución de fs. 30/37, que hace lugar a la acción de amparo deducida y dispone que OSPA Vial autorice la provisión de los medicamentos denominados Dacten 8 mg. por treinta (30) comprimidos y Glemaz 4 4 mg. Por treinta (30)

comprimidos, según prescripción médica y para el tratamiento de la enfermedad que padece el actor –Diabetes II-. Impone las costas a la accionada, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal efectuada.-

El recurso se concede a fs. 42, contestando agravios la parte actora a fs. 43/44, quedando los presentes en estado de resolver a fs. 47 y vta.

II-

  1. Que, la demandada relata los antecedentes del caso y considera agraviante la sentencia dictada al ordenar una cobertura –dice- que ya se encontraba autorizada por ficha N° 0001153 del 13/8/2018 y por un (1) año, venciendo en agosto de 2019, entendiendo que la cuestión resultaba abstracta. Manifiesta que se invirtió la carga de la prueba, solicitando se revoque la sentencia dictada, con Fecha de firma: 15/08/2019 Alta en sistema: 20/08/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #33585677#241437324#20190815125636057 costas a la parte actora. Mantiene la reserva del caso federal.

  2. Por su parte, el actor interpreta no existe una concreta y razonada crítica del fallo dictado, interesando se declare desierto el mismo. Contesta puntualmente los agravios formulados, desconociendo que se le haya proveído la medicación solicitada e interesa se confirme la sentencia dictada, con costas.

    III- Que, el actor ocurre a la jurisdicción y deduce acción de amparo contra OSPA Vial, para que se le autorice la provisión de los medicamentos denominados Dacten 8 mg.

    por treinta (30) comprimidos y Glemaz 4 4 mg. por treinta (30) comprimidos, según prescripción médica, para el tratamiento de la enfermedad que padece –Diabetes II-.

    El a -quo hizo lugar a la pretensión deducida y contra dicha decisión se alza la apelante.

    IV-

  3. ...

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