PEREZ, ERMINDA ERIDE s/SUCESION VACANTE

Fecha23 Marzo 2023
Número de expedienteCIV 007807/2016

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

7807/2016

PEREZ, ERMINDA ERIDE s/SUCESION VACANTE

Buenos Aires, 23 de marzo de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) El expediente electrónico es remitido a este tribunal para conocer en la apelación en subsidio interpuesta por la curadora, contra la resolución del 1º de febrero del año en curso, que reguló los honorarios de la abogada A.J.C.G., quien contestó el memorial de agravios.

    Asimismo, los honorarios en cuestión se encuentran apelados por altos y bajos.

    La curadora solicita se deje sin efecto la resolución regulatoria, toda vez que ha quedado sin contestar por parte de la beneficiaria de la regulación, las impugnaciones que realizó y cuyo traslado fue ordenado el 14/11/2022. Consideró que se estaría violando el derecho de defensa en juicio, así como la garantía constitucional a que su mandante sea oído.

  2. ) En el caso, ante la citación ordenada por la magistrada a los fines arancelarios de todos los profesionales intervinientes, la abogada Correa Garda se presentó y se opuso a la inscripción de la reputación de vacancia hasta tanto se encuentren regulados sus honorarios. En el mismo acto, estimó el valor del bien de lo que se dio traslado. La curadora contestó y se opuso al pedido de regulación, impugnó el valor del bien y solicitó

    que la abogada clasifique las tareas. Correa Garda clasificó sus trabajos y contestó las impugnaciones de la curadora. La magistrada sustancia esta presentación, la que es contestada por la curadora, quien impugna la clasificación de las tareas. De esta impugnación se dé da traslado y es de su falta de contestación, de lo que se agravió la curadora.

    La descripción realizada muestra que no se ha producido ningún estado de indefensión y que las partes de esta incidencia han sido ampliamente escuchadas.

    En cuanto al trámite que corresponde llevar a cabo, las leyes arancelarias son claras y establecen un procedimiento a seguir para determinar la base regulatoria en este tipo de procesos y, para el caso de que intervengan varios profesionales, establecen que se clasificarán los trabajos debiendo la magistratura regular los honorarios determinado el carácter común a cargo de la masa o particular a cargo del interesado.

    Tanto la ley 21.839 como la 27.423, disponen la designación de un perito de oficio cuando la judicatura advierte la divergencia de estimaciones a fin de determinar el valor Fecha de firma: 23/03/2023

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C.,...

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