Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 27 de Septiembre de 2017, expediente CSS 069963/2012/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1JCA Expte nº: 69963/2012 Autos: “P.H.H. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 6 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 69963/2012 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

I. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora y por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Sr. Juez a cargo del Juzgado Federal de Seguridad Social N ° 6.

La parte actora solicita en primer término se declare inconstitucional el art. 20 inc. b) de la ley 24241 que establece un tope de 45 años para el cálculo de la Prestación Básica Universal, también peticiona se decrete la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24241. Por otra parte, solicita se aplique a partir del 01/01/02 la tasa activa de interés.

Finalmente denuncia incumplimiento de los deberes de funcionario público art. 34 pto. 3 del CPCCN argumentando una demora de 1 año y 3 meses en el dictado del art. 259 CPCCN.

Puestos los autos en secretaría a los fines del art. 259 del C.P.C.C.N, ha transcurrido el plazo de ley sin que la parte demandada haya expresado agravios de donde se ha operado la deserción del remedio procesal intentado (Art. 266 del C.P.C.C.C.N.).

II. Surge de las actuaciones administrativas que el actor obtuvo el beneficio de jubilación al amparo de la ley 24241, habiendo obtenido la PBU PC PAP, fijando como fecha de adquisición del derecho el 14/10/08

III. Corresponde desestimar la solicitud de declaración de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 formulada por la actora, toda vez que de autos surge que el titular ha computado menos de 35 años de servicios anteriores a la vigencia de la ley 24.241, y no supera el tope dispuesto en el mencionado artículo.

IV. Corresponde abocarse en este punto, en relación con la que queja planteada por la actora respecto de la declaración de inconstitucionalidad del art 20 inc b) de la ley 24.241 En este sentido, el articulo 20 inc b) de la ley precedentemente citada establece: “El haber mensual de la Prestación Básica Universal se determinará de acuerdo con las siguientes normas:… b) Para los beneficiarios que acrediten más de treinta (30) y hasta cuarenta y cinco (45) años como máximo de servicios en las condiciones preindicadas, el haber se incrementará en un uno por ciento (1 %) por año adicional sobre la suma a que alude el inciso a).”

Es de destacar, que del cómputo obrante en el expediente...

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