PERCOMIN I.C.S.A.

Fecha de disposición19 Julio 2012
Fecha de publicación19 Julio 2012
SecciónTercera Sección - Contrataciones

PERCOMIN INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. (la “Sociedad”) Inscripta ante la IGJ el 02.07.1957 bajo el Nº 923, Fº 407 del Libro 50, Tº A de Estatutos Nacionales, hace saber que por un día que la Sociedad, con domicilio legal en Virrey del Pino 2325, piso 7, Ciudad de Buenos Aires, Argentina, con vencimiento el 27 de enero de 2056, ha dispuesto mediante la asamblea de fecha 16 de mayo de 2012 ha dispuesto a) solicitar el registro PYME CNV, b) aprobar la emisión de Obligaciones Negociables Simples Régimen Pymes (No Convertibles en acciones), en el marco de la Ley 23.576 de Obligaciones Negociables y sus modificatorias (la “Ley de Obligaciones Negociables”), por un monto de hasta $ 15.000.000, y c) aprobar la delegación en el Directorio, de acuerdo con las normas vigentes por el término máximo establecido en la normativa con el fin de establecer en particular todas las condiciones de emisión, y sin que la presente enumeración deba considerarse taxativa, la época, monto, plazo, determinación de la tasa de interés, moneda, forma de emisión y colocación, entre otras; asimismo por reunión de directorio de fecha 16 de mayo de 2012, aprobó los términos y condiciones de la Clase I: Monto: hasta $ 15.000.000, el monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión e informado mediante un aviso complementario al Prospecto que será publicado por un día en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) y será informado a la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) vía AIF (el “Aviso de Resultados”); Moneda: Pesos; Vencimiento: Será a los 3 años contados desde la Fecha de Emisión; Amortización: Semestral, con pago de la primer cuota de amortización de capital a los doce meses de realizada la emisión; Garantía: será otorgada por Fondo de Garantías de Buenos Aires (FOGABA S.A.P.E.M.) (“FOGABA”) y Garantía de Valores S.G.R. (“GarVal”, y cada uno de ellos respectivamente el “Avalista”, y en su conjunto con FOGABA, los “Avalistas”). FOGABA afianzará las Obligaciones Negociables por hasta un monto total de capital de $12.000.000 y GarVal afianzará por un monto total de capital de $ 3.000.000. Las Obligaciones en relación a los Avalistas serán simplemente mancomunadas, avalando cada uno de de los Avalistas por hasta el monto comprometido por cada uno. Asimismo, frente a un incumplimiento de la Sociedad, cada Avalista responderá en la proporción en que prestan la garantía, es decir, FOGABA por hasta el 80% y GarVal por...

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